Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 20 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, dictada en expediente sobre protección de menores, por la que se acuerda establecer régimen de relaciones personales con el menor que se cita.

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Expte.: 352-2008-41-7898.

Nombre y apellidos: Doña Inmaculada Asensio Martínez y don Antonio García Rufo.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose los interesados en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 17 de diciembre de 2009 la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, en el expediente de protección de menores referente a D.G.A., dictó resolución acordando abrir un régimen de relaciones personales con doña Inmaculada Asensio Martínez y don Antonio García Rufo.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en la calle Federico García Lorca, núm. 3, de Sevilla.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámites establecidos en los artículos 779 siguientes de la LEC, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Sevilla, 20 de enero de 2010.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.

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