Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 02/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 25 de noviembre de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda la distribución de las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos de la provincia, en base a lo establecido en la Orden de 6 octubre de 2010, de la Consejería de Empleo.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de la Consejería de Empleo de 6 de octubre de 2010 (BOJA núm. 211, de 28 de octubre), corresponde a la Delegación Provincial de Empleo de cada provincia, realizar las transferencias, del Fondo Autonómico de Inmigración, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

Primero. Distribuir la cantidad de 222.078,34 euros, correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos de la Provincia de Sevilla, tal como se recoge en el Anexo de la citada Orden 6 de octubre de 2010, las cantidades que se indican a continuación:

Alcalá de Guadaíra9.126,78

Almensilla5.149,37

Aznalcóllar6.490,06

Bormujos6.616,75

Cabezas de San Juan (Las)6.224,86

Camas7.467,61

Cantillana 8.162,21

Carmona6.386,25

Casariche 6.869,52

Castilleja de la Cuesta6.496,47

Coria del Río 9.635,95

Coronil (El) 5.804,29

Dos Hermanas 10.609,91

Écija8.687,75

Lebrija6.830,97

Mairena del Aljarafe7.747,09

Marchena 7.349,91

Morón de la Frontera6.842,80

Palacios y Villafranca (Los)7.116,66

Pilas8.143,09

Puebla de Cazalla (La)6.028,92

Rinconada (La) 7.328,35

San Juan de Aznalfarache9.442,83

Sanlúcar la Mayor6.483,13

Sevilla 12.895,89

Tocina5.875,35

Utrera8.209,75

Villamanrique de la Condesa5.477,43

Viso del Alcor (El)6.406,54

Cuervo de Sevilla (El)6.171,85

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.02.41.46102.31J.2, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado mediante Resolución de fecha 9 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter en firme. En el plazo de tres meses, a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores, remitirán a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo, en Sevilla y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados, tal como establece el artículo 7 de la citada Orden.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses; en ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de noviembre de 2010.- La Delegada, Aurora Cosano Prieto.

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