Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 08/02/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de diciembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz, dimanante de divorcio contencioso núm. 612/2009. (PD. 235/2010).

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NIG: 1101242C20090002713.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 612/2009.

De: Don José Luis Ruiz Capillas Arranz.

Procuradora: Sra. Montserrat Cárdenas Pérez.

Letrado: Sr. Francisco Javier Puyol Castro.

Contra: Doña Maribel Roche Quintana.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 612/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz a instancia de José Luis Ruiz Capillas Arranz contra Maribel Roche Quintana, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Cádiz, a veinticinco de noviembre de dos mil nueve.

Vistos por el Ilmo, Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad los presentes autos de juicio de divorcio seguidos con el número 612/09 instados por la Procuradora doña Montserrat Cárdenas Pérez, en nombre y representación de don José Luis Ruiz-Capillas Arranz, asistido por el Letrado don Javier Puyol Castro, contra doña Maribel Roche Quintana...//

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Montserrat Cárdenas Pérez, en nombre y representación de don José Luis Ruiz-Capillas Arranz, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio de los litigantes, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, todo ello sin hacer especial pronunciamiento de las costas causadas, y acordando la siguiente medida:

Primera. La asignación del uso de la vivienda familiar, sita en calle José León de Carranza, núm. 5, 6.º C, de esta ciudad, finca registral núm. 17.340, inscrita al Tomo 1.302, Libro 244, Folio 204 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Cádiz, así como del mobiliario y ajuar doméstico existente en el mismo, a don José Luis Ruiz-Capillas Arranz.

Comuníquese esta sentencia una vez firme al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio solicitante, expidiéndose a tal fin el oportuno despacho para la anotación marginal de la misma.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución, deberán constituir el depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado, que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009), sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Maribel Roche Quintana, mediante su publicación en el BOJA, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a nueve de diciembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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