Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 09/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 20 de enero de 2010, por la que se da inicio al procedimiento para la promoción y establecimiento del Centro de Transporte de Mercancías de Granada y se encomienda a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la elaboración y tramitación de su Plan Funcional.

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El artículo 9.2 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que los centros de transporte de mercancías podrán ser declarados de interés autonómico cuando su implantación, además de obedecer a objetivos puramente sectoriales de política de transporte y de orden local, contribuya de modo decisivo a estructurar y fomentar el desarrollo regional, por favorecer la intermodalidad del sistema regional de transportes, su función integradora de los centros de la economía andaluza en las redes logísticas nacionales e internacionales, la fijación de actividades productoras del valor añadido, la atracción de operadores y cualesquiera otras circunstancias o factores que resulten principalmente determinantes de aquel desarrollo.

Así mismo, el artículo 12 de la mencionada Ley dispone que el procedimiento para la promoción y el establecimiento de los centros de transporte de mercancías de interés autonómico se iniciará por la Consejería competente en materia de transportes, disponiendo el mismo artículo que la entidad que asuma la iniciativa deberá elaborar un plan funcional del centro con los contenidos mínimos indicados en aquel.

Por otra parte, el artículo 22 establece que la dirección y gestión de los centros de transporte de mercancías de interés autonómico corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que las desarrollará mediante la entidad a la que se refiere la disposición adicional segunda de la Ley, la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, en la actualidad Agencia Pública de Puertos de Andalucía, en virtud de lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.

Igualmente la Ley 5/2001, de 4 de junio, en el apartado 2 de la disposición adicional segunda, amplía el objeto social de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía a la gestión de las áreas de transporte de mercancías, desarrollando, en cumplimiento de su objeto ampliado, las tareas técnicas, económicas y administrativas que se le encomienden en orden a la planificación, fomento, desarrollo y control de la red regional de áreas de transporte de mercancías y, especialmente, la gestión de los centros de transporte de mercancías de interés autonómico. En este sentido, el Decreto 235/2001, de 16 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos, establece en su artículo 5.2 las funciones de gestión de los centros de transportes de mercancías de interés autonómico.

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía ha elaborado el documento denominado Red Logística de Andalucía, que ha servido como base para la definición de las actuaciones en materia de áreas logísticas y centros de transporte de mercancías en los diversos instrumentos de planificación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, principalmente el Plan de Infraestructura para la Sostenibilidad del Transporte en Andalucía 2007-2013, en adelante PISTA, aprobado por Decreto 457/2008, de 16 de septiembre, y los diversos planes subregionales de ordenación del territorio. En estos instrumentos de planificación, Granada se contempla como un nodo logístico importante en la estructuración de la Red Logística.

Por lo que se refiere al Centro de Transporte de Mercancías de Granada, figura en la Red de Áreas Logísticas de Andalucía como una de las actuaciones que configuran el Nodo Logístico del Área Central de Andalucía y se propugna una actuación con el carácter de «interés autonómico». Este Centro, por su ubicación, según se detalla en los planos que figuran en el expediente, cuenta con conexión viaria y ferroviaria adecuada, tal como se recoge en el PISTA, donde se señala que se trata de una «propuesta de Centro Logístico de Primer nivel».

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transportes de mercancías de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con lo dispuesto en la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Dar inicio al procedimiento de promoción y establecimiento del Centro de Transporte de Mercancías de interés autonómico de Granada en el ámbito territorial definido en los planos que figuran en el expediente.

Segundo. Encomendar a la Agencia Pública de Puertos de Andalucía la elaboración y tramitación del Plan Funcional de dicha instalación, a efectos de su posterior elevación e esta Consejería, que resolverá sobre la aprobación de dicho Plan Funcional y del establecimiento del Centro de Transporte de Mercancías de interés autonómico.

Tercero. La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de enero de 2010

ROSA AGUILAR RIVERO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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