Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/02/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de enero de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 75/2009. (PD. 369/2010).

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NIG: 2906742C20090000537.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 75/2009. Negociado: 5

EDICTO

Juzgado: Juzg. de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga.

Juicio: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 75/2009.

Parte demandante: María José García García.

Parte demandada: Codice Exterior Gestión de Soportes, S.L.

Sobre: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1).

En el juicio referenciado se ha dictado la Resolución cuyo encabezaiento y fallo es el siguiente:

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Málaga a catorce de abril de dos mil nueve.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de doña María José García García, representada por el Procurador de los Tribunales Señor Fernández Bernal y asistido del Letrado Señor Fernández Ruiz, contra Códice Exterior Gestión de Soportes, S.L., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Fernández Bernal, en nombre y representación de doña María José García García, contra Códice Exterior Gestión de Soportes, S.L., sobre resolución de contrato de arrendamiento de inmueble por impago de rentas y cantidades asimiladas y reclamación de las mismas, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento a que se contrae la demanda, y, en consecuencia, haber lugar al desahucio solicitado sobre el inmueble sito en calle Estonia, núm. 8, nave 78, del Polígono Industrial Guadalhorce de Málaga.

Condenando a la entidad demandada, a que lo desaloje y deje libre y a disposición de la parte actora, debiendo retirar del mismo todos los objetos y enseres de su pertenencia, en el término máximo de diez días, bajo apercibimiento de ser lanzado del inmueble judicialmente si así no lo hiciere y de estimar abandonados a todos los efectos los objetos no retirados en el citado plazo. Asimismo, debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la parte actora el importe de 17.934,16 euros por razón de rentas y cantidades asimiladas devengadas y no pagadas, más las que se devenguen hasta el efectivo desalojo del inmueble. Todo ello, con imposición a la parte demandada del pago de las costas causadas en este procedimiento.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella será posible interponer recurso de apelación en plazo de cinco días, que se preparará presentando escrito ante este mismo Juzgado en que se expresará la resolución apelada, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de Notificación de sentencia a Códice Exterior Gestión de Soportes, S.L.

En Málaga, veintiocho de enero de dos mil diez.- El Secretario Judicial.

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