Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 10 de febrero de 2010, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se hace público el Acuerdo de 8 de febrero de 2010, de la Secretaría General, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que ocupa los puestos de trabajo que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General, y en caso de no existir tales, a la Jefatura de Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

La Secretaría General de esta Delegación del Gobierno es la responsable del Registro General establecido en la misma; por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101.2 de le Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Delegación del Gobierno

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 8 de febrero de 2010, de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal que ocupa los puestos de trabajo que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Almería, 10 de febrero de 2010.- El Delegado del Gobierno, Miguel Corpas Ibáñez.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 8 DE FEBRERO DE 2010, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ALMERÍA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA DE EXPEDIR COPIAS AUTENTICADAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE OCUPA LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en el artículo 35.c) el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junte con los originales, así como a la devolución de estos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas Organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA número 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de documentos públicos o privados, mediante cotejo con los originales, corresponde al Secretario General en el supuesto de no existir Jefaturas de Sección responsables de cada Registro General.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos, y esta no se lograría si las copias selladas de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, no puedan ser autenticadas, una vez realizado su cotejo, por los responsables de los registros, por lo que se hace necesario proceder, por razones técnicas, a realizar la correspondiente delegación de competencias.

La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por todo ello,

ACUERDO

Primero. La competencia de la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuida a la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos que sean presentados en el Registro General, queda delegada en el personal funcionario que desempeña el puesto de trabajo que a continuación se relaciona:

- Código 53410: Auxiliar Administrativo.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Almería, 8 de febrero de 2010.- El Secretario General, Ángel Castañeda Fábrega.

Descargar PDF