Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2010

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 27 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente que se cita, por el que se toma conocimiento de la Modificación núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León.

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Para general conocimiento se hace público el Anuncio de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, de 27 de enero de 2010, en relación con la Modificación núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 28 de enero de 2010, y con el número de registro 3970, se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- Toma de conocimiento de 27 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, referente al expediente CP-149/1999 sobre la Modificación núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido Instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

TOMA DE CONOCIMIENTO

En relación con el expediente que se tramita en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo a la Aprobación Definitiva de la Modificación Puntual núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, le informo lo siguiente:

La CPOTU resolvió aprobar definitivamente la Modificación Puntual núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, de forma condicionada a la subsanación de las deficiencias señaladas en los considerandos expuestos en la Resolución de fecha 9 de julio de 2001 y posterior Resolución de 17 de diciembre de 2001

En respuesta a dicho acuerdo, con fecha 11 de enero de 2010 tienen entrada en esta Delegación dos copias del documento técnico de subsanación, debidamente diligenciadas, y acuerdo plenario de aprobación definitiva de fecha de 30 de diciembre de 2009.

Analizada la documentación presentada por el técnico informante, se considera la documentación presentada suficiente al adecuarse a los condicionantes dictados por la Resolución de 17 de diciembre de 2001, quedando subsanada la Modificación Puntual núm. 3 de las Normas Subsidiarias de Arroyomolinos de León, y todo ello según lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en virtud de las atribuciones conferidas en los Decretos 77/1994, de 5 de abril, y 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo.

ANEXO II

DOCUMENTO DE SUBSANACIÓN DERIVADO DE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE FECHA 9 DE JULIO DE 2001, SOBRE LA MODIFICACIÓN NÚM. 3 (2.º APARTADO) DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ARROYOMOLINOS DE LEÓN (CP-149/1999)

1.º Objeto.

Se realiza el presente Documento de Subsanación de Deficiencias para dar cumplimiento a la Resolución de la CPOTyU de fecha 9 de julio de 2001, sobre la Modificación 3 (segundo apartado) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Arroyomolinos de León.

2.º Antecedentes.

Es por iniciativa del Ayuntamiento de Arroyomolinos de León por la que se acomete la reubicación del suelo dotacional existente en el polígono EPSA y cuyo uso previsto en las NSPM es deportivo (piscina municipal) y se ubica en terrenos de titularidad municipal.

La nueva ubicación de este uso dotacional público destinado a piscina municipal se efectúa en suelo no urbanizable en las proximidades del campo de fútbol «El Manzanito» ubicado en suelo urbano consolidado.

3.º Contenido.

De acuerdo con las consideraciones que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo hace como condicionante de aprobación de este segundo apartado de la Modificación, el cual literalmente dice:

A) Texto considerado:

«En lo relativo al segundo apartado se habrá de justificar por la Corporación Municipal cómo la superficie total (que además no se cuantifica desde esta Modificación) que se detrae en el ámbito descrito, afecta a un uso dotacional público, se corresponde no con una sustitución de tal uso sino con una reubicación del mismo, habiéndose de grafiar el lugar exacto en el que se dispone esta reserva de suelo, que tendrá que ser de igual cuantía a la originaria, su uso primitivo y modificado, así como la relación pormenorizada de planos y texto normativo que se vea afectada por la misma».

B) Subsanación:

1.º En lo relativo a la superficie de suelo dotacional público a reubicar.

a) La superficie que en Normas Subsidiarias se destina a suelo dotacional publico (piscina municipal) es de 1.734,96 m² y se ubica en el Polígono EPSA y colindantes calles Sevilla y Molino.

b) La superficie que se reubica en suelo no urbanizable (inmediación de campo de fútbol municipal «El Manzanito») con uso dotacional público destinado a piscina municipal es de 4.289,54 m².

2.º Respecto al uso del suelo reubicado:

a) El suelo sonde se reubica el dotacional público tiene un uso agrícola y está calificado como No Urbanizable.

b) El uso modificado del suelo reubicado definido en el anterior apartado 1.b) es de Dotacional Público para uso Deportivo (piscina municipal) en suelo No Urbanizable.

3.º Respecto a la ubicación.

En plano P-01 se localiza la ubicación del suelo reubicado en el área marcada con siglas MP-2 y en plano P-03 se grafía la planta del mismo.

4.º Respecto a la relación pormenorizada de texto normativo y planos de la NSPM afectado:

a) Esta modificación no introduce alteraciones al Texto Normativo de la NSPM vigente.

b) Los planos de las NSPM afectadas por esta Modificación son:

Plano 14.2: Delimitación y clases de suelo.

Plano 15.2: Usos y Actividades.

Plano 15.3: Ordenación Parcial (Alternativa).

c) Con este documento de subsanación se aportan los siguientes planos:

Plano 14.2-Modificado: Delimitación y clases de suelo.

Plano 15.2-Modificado: Usos y Actividades.

Plano 15.3-Modificado: Ordenación Parcial (Alternativa).

Huelva, 27 de enero de 2010.- El Delegado, Gabriel Cruz Santana.

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