Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 25/02/2010

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Ayuntamientos

Anuncio de 9 de febrero de 2010, del Ayuntamiento de Marbella, de rectificaciones de las bases para la selección.

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Primero. Se acuerda, en el punto núm. 4 de la base 1, añadir a la normativa aplicable, el Decreto 2/2002, de fecha 9 de enero.

Segundo. Se acuerda, en la letra f) de la base 2.ª (Requisitos de los candidatos), suprimir el párrafo: «no estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/84, de fecha 26 de diciembre», modificando el apartado g) que pasa a ser el f).

Tercero. Se acuerda, en el apartado 2.º del punto 1 de la base 5 (Tribunales), suprimir en la composición de los Tribunales: «1 experto designado por la Junta de Personal o por el Comité de Empresa, según la naturaleza de las plazas objeto de la convocatoria, que actuará en nombre propio y no por cuenta ni representación de nadie».

Cuarto. Se acuerda, en la base 5.ª (Tribunales) hacer mención expresa, en la selección de funcionarios, que uno de los vocales será designado a propuesta de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, según la normativa contenida en el art. 4.f) del R.D. 896/1991, que aprueba las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

Quinto. Se acuerda, en la base 7.ª (Desarrollo de la Fase de Concurso) y concretamente en el apartado del baremo aptdo. 2) (méritos profesionales) suprimir el párrafo «hasta un máximo de 7 puntos»; asimismo se acuerda suprimir el apartado a) en su totalidad y añadir:

Trabajos desarrollados:

a) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos o Diputaciones de más de 125.000 habitantes desempeñando plazas de igual o similar contenido a las que son objeto de convocatoria, 0,60 puntos.

b) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos o Diputaciones de más de 50.000 habitantes y menos de 125.000 habitantes desempeñando plazas de igual o similar contenido a las que son objeto de convocatoria, 0,40 puntos.

c) Por cada año completo o fracción superior a 6 meses de experiencia en Ayuntamientos o Diputaciones de menos de 50.000 habitantes desempeñando plazas de igual o similar contenido a las que son objeto de convocatoria, 0,20 puntos.

Base 1.7. Añadir el párrafo consignado en «letra negrita»: Las bases específicas de las correspondientes convocatorias y la determinación de los lugares y fechas de celebración del primer ejercicio o de inicio de cada proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de la Corporación. Asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia se anunciará la publicación de la composición de los Tribunales de selección y de las listas de admitidos/as y excluidos/as, la cual se efectuará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Todas las demás actuaciones de los Tribunales hasta la resolución del proceso selectivo, se publicarán únicamente en el tablón de anuncios. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se publicarán las bases selectivas de las diferentes convocatorias. En el Boletín Oficial del Estado se publicará extracto detallado de cada convocatoria. Los efectos administrativos de la misma se producirán desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, a excepción de lo dispuesto con posterioridad. Las publicaciones se realizarán asimismo en la página web del Ayuntamiento.

Base 2.1.f). Eliminar el párrafo consignado en «letra negrita»: Para optar al turno de promoción interna, será necesario haber desempeñado, como funcionario de carrera o laboral fijo, la plaza de origen que ha de pertenecer al grupo de titulación inmediatamente inferior por un período mínimo de dos años, salvo las excepciones establecidas en la Disposición Transitoria 3.ª del EBEP y para optar al turno de promoción interna horizontal será necesario haber desempeñado, como funcionario de carrera o laboral fijo, la plaza origen que ha de pertenecer al mismo grupo de titulación por un período mínimo de dos años.

Base 6.1.1.- Añadir el párrafo consignado en «letra negrita»: La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio de la oposición será anunciado, al menos, con 15 días hábiles de antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación así como en la página web del Excmo. Ayuntamiento, con 48 horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o de 72 horas, si se trata de un nuevo ejercicio. Entre la terminación de un ejercicio o prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

Base 7.1. Añadir: Todas las convocatorias que se resuelvan mediante el proceso selectivo de concurso oposición se efectuarán de acuerdo con lo determinado en el presente capítulo, salvo aquellas que excepcionalmente especifiquen otro desarrollo en su Anexo correspondiente. En cualquier caso, la valoración de méritos de los aspirantes solo podrá otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por si misma el resultado del proceso selectivo; asimismo cambiar el número de orden de los apartados 7.1 y 7.2 de las bases publicadas que pasan a ser los apartados 7.2 y 7.3.

Base 7.2.3.º a). Añadir el párrafo consignado en «letra negrita»: Por cada año completo de servicios, o fracción igual o superior a seis meses, prestados como funcionario de carrera o laboral fijo o bien aquellos que lo estén desempeñando de conformidad con lo establecido en el art. 14 del Convenio Colectivo actualmente vigente, en plaza de la misma categoría a la convocada: 0,60 puntos.

- Rectificar el error material detectado en los temas núm. 53 y 54 de la convocatoria de Técnico Superior de Medio Ambiente, publicada en el BOP de fecha 29.12.2009 y BOJA de fecha 19.1.2010, los cuales quedarían redactados de la siguiente forma:

Tema núm. 53. Situación de las instalaciones de abastecimiento de agua y saneamiento de poblaciones en la provincia de Málaga.

Tema núm. 54. Recursos hidráulicos de aguas superficiales y subterráneas en la provincia de Málaga y áreas limítrofes. Especial referencia a las utilizables para el abastecimiento de agua potable.

Marbella, 9 de febrero de 2010.-La Alcaldesa, M.ª Ángeles Muñoz Uriol.

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