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Recurrida en apelación, núm. 159/2008, ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía sentencia núm. 2/2008 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla con fecha 15 de enero de 2008, recaída en el recurso contenciosoadministrativo número 294/2007, siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de fecha 22 de noviembre de 2006, recaída en expediente sancionador núm. GR-110/06, por la que se impone multa de 60.000 euros por infracción de la normativa en materia de Minas relativa a la realización de labores extractivas incumpliendo la orden de paralización en la concesión de explotación denominada «Páramo», núm. 30241, sita en el t.m. de Loja (Granada), se ha dictado sentencia con fecha 5 de junio de 2009 por dicho Tribunal, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa contra la sentencia a que se hace referencia en el encabezamiento de la presente y por ello confirmamos. Con imposición de las costas.»
Por lo tanto, a la vista de la declaración de firmeza de sentencia, certificada con fecha 1 de agosto de 2009 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla, en virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 21 de mayo de 2009, de delegación de competencias (BOJA núm. 107, de 5 de junio de 2009), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de febrero de 2010.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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