Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 02/03/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la programación de teatro, danza y música de salas privadas de aforo reducido, en el año 2010.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Orden de la Consejería de Cultura de 9 marzo de 2009 (BOJA núm. 66, de 6 de abril), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la programación de teatro, danza y música en salas privadas de aforo reducido, así como para la rehabilitación y/o equipamiento de las mismas. En su artículo 6 se delega en la persona titular de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas la realización de la convocatoria anual de las subvenciones, que indicará el programa y partida presupuestaria con cargo a la cual se concederán las subvenciones.

En virtud de las facultades que le confiere el artículo 6 de la Orden citada, esta Dirección General

RESUELVE

Se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la programación de teatro, danza y música en salas privadas de aforo reducido para el ejercicio 2010, de acuerdo con lo siguiente:

1. Solicitudes y lugar de presentación.

Las solicitudes de ayudas, dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas, se presentarán conforme al modelo que figura en el Anexo I de la Orden de de 9 marzo de 2009 (BOJA núm. 66, de 6 de abril) por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 7 de la citada Orden.

2. Plazo de presentación y documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes se acompañarán de la documentación indicada en los artículos 8 y 9 de la citada Orden de 9 de marzo de 2009 en la forma establecida en dichos preceptos y en su artículo 7.

3. Notificación y publicación.

Todas las notificaciones se realizarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La práctica de dicha notificación se realizará en el lugar que las personas interesadas hayan indicado, a tal efecto, en su solicitud.

No obstante, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas y, en particular, los de requerimientos de subsanación, de trámite de audiencia y de resolución del procedimiento se publicarán en el tablón de anuncios de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes Escénicas y en el de cada una de las Delegaciones Provinciales de Cultura, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y produciendo sus mismos efectos. Simultáneamente se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un extracto del contenido del acto, con indicación de los tablones donde se encuentra expuesto su contenido íntegro, y, en su caso, el plazo, que se computará a partir del día siguiente al de la publicación en dicho Boletín Oficial.

Asimismo, los citados actos se publicarán en el sitio web de la Consejería de Cultura ubicado en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/cultura.

4. Financiación.

La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al programa presupuestario y partida, de los Presupuestos de Gastos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2010, y su concesión estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en este ejercicio, pudiéndose adquirir compromisos de gasto plurianual en las condiciones previstas en el artículo 39 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y normas de desarrollo.

Estas subvenciones se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 01.21.00.01.00.0604.474.01.45I.1 2010 del presupuesto de la Consejería de Cultura.

Sevilla, 17 de febrero de 2010.- La Directora General, Ana Navarro Navarro.

Descargar PDF