Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 9 de febrero de 2010, de la Dirección General de Oficina Judicial, Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda modificar el número de funcionarios que ha de prestar servicios de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en Sevilla.

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En virtud de la Orden PRE/1118/2009, de 7 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio, por la que se regulan las retribuciones complementarias por servicios de guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia, se contempló la prestación del servicio de guardia en poblaciones con cuatro o más Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

En el artículo único de la Orden anterior se establece para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla, con carácter excepcional, que la prestación del servicio de guardia se realice por un secretario judicial, un médico forense, un funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, dos funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial y un funcionario de la Fiscalía (nuevo apartado 12.bis.3 de la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio).

A la vista de la experiencia adquirida en el sistema actual de guardias aprobado en la mencionada Orden, se hace necesaria la modificación de la misma en atención al número de funcionarios que han de efectuar sus servicios.

El incremento en el número de funcionarios se fundamenta en el resultado del seguimiento que se viene llevando a cabo sobre las cargas de trabajo que experimentan los Juzgados de Violencia de Sevilla durante la prestación del servicio de guardia así como en una mejor prestación del servicio público, consistiendo en un funcionario más del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y un funcionario más del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, con efectos desde el 1 de julio de 2009 el incremento del funcionario de Tramitación y desde el 1 de enero de 2010 el incremento del funcionario del Cuerpo de Gestión.

En fecha 3 de febrero de 2010 se emitió informe de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia sobre la necesidad de ampliación de funcionarios, comunicándose que sería de aplicación el apartado decimosexto de la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio. Dicho apartado establece que «El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia u órgano equivalente de las Comunidades Autónomas que hayan asumido la gestión de funciones y servicios en la materia, podrá modificar, atendiendo las necesidades del servicio y las circunstancias especiales que concurran en determinados partidos judiciales y previo acuerdo con las organizaciones sindicales más representativas, el número de funcionarios que prestan servicios de guardia».

En lo relativo a la mención del funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses, debe excluirse de la realización de este modelo de guardias, por cuanto en el territorio de la Comunidad de Andalucía, tras la creación y entrada en funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal, fueron objeto de un nuevo modelo organizativo consistente en un servicio de guardia en cada Instituto en atención a los diferentes órganos judiciales a los que debe atender el mismo. A tal efecto se dictaron la Orden de 11 de julio de 2003 y la Resolución de 11 de julio de 2003 de la Secretaría General Técnica, reguladora de las distintas tipologías de guardia que deben prestar los médicos forenses. Con la normativa citada no es necesario la alusión en la Orden Ministerial al médico forense, que se rige por la normativa autonómica en la que estaría englobando el servicio de guardia que se presta en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

En uso de las atribuciones que me confiere el apartado decimosexto de la Orden PRE/1417/2003, de 3 de junio, al asumir la Comunidad Autónoma las competencias y el acuerdo que se adoptó en su día con las organizaciones sindicales sobre el incremento del número de funcionarios que han de servirse en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla,

RESUELVO

Incrementar en un funcionario más del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y en un funcionario más del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa la prestación de los servicios de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla, con efectos desde 1 de julio de 2009 y desde 1 de enero de 2010, respectivamente.

De la presente Resolución se da traslado a la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Sevilla a los efectos de que se incluyan en el programa SIRHUS los actos necesarios para el pago con los citados efectos a los funcionarios que vienen realizando los servicios de guardia mencionados.

Sevilla, 9 de febrero de 2010. El Director General, Jorge Pérez de la Blanca Capilla.

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