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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica la Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 10 de febrero de 2010 adoptada en el expediente de protección de menores núm. 352-2009-00001503-1, relativo al menor A.B., a la madre, doña Karina Benreguig, por el que se acuerda:
1. Mantener lo acordado en las resoluciones de fecha 15 de julio de 2009 con respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre el menor A.B.
2. El acogimiento familiar provisional que se eleva a definitivo, modalidad preadoptivo del menor, por parte de las personas seleccionadas, al no ser necesario recabar el consentimiento del menor habida cuenta de su edad.
3. Cesar el acogimiento residencial de la menor en el centro, una vez sea constituido el acogimiento, mediante la suscripción del correspondiente acta de acogimiento familiar.
Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada ley Procesal.
Huelva, 10 de febrero de 2010.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, Carmen Lloret Miserachs.
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