Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se homologan materiales curriculares para su uso en los Centros docentes de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 2 de septiembre de 2005 (BOJA núm. 193, de 3 de octubre), por la que se establecen los criterios y normas sobre homologación de materiales curriculares para uso en los Centros docentes de Andalucía, estableció como objeto de homologación los materiales curriculares cuya intención sea ayudar y orientar al profesorado en su labor docente, comprendiendo desde la realización de reflexiones sobre su práctica docente o la descripción de experimentaciones e innovaciones curriculares llevadas a cabo, hasta las orientaciones y ejemplificaciones para la elaboración de unidades didácticas concretas por parte del profesorado; así como los materiales dirigidos a apoyar el desarrollo y mejora de la orientación escolar y los relacionados con la evaluación e inspección de centros y programas educativos.

La homologación por parte de la Consejería de Educación supondrá el reconocimiento de la adecuación de los materiales a lo establecido en el artículo 3.2 de la citada Orden, en relación a su calidad y coherencia técnica, así como a su capacidad para orientar el trabajo de equipos docentes y otros profesionales de la enseñanza, en las tareas de elaboración y desarrollo curricular.

La mencionada Orden, en su artículo séptimo, dispone que la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa dictará la resolución del expediente de homologación, a la vista del dictamen y propuesta de la Comisión a la que se refiere el apartado quinto.

En virtud de los expedientes que se mencionan a continuación, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

HA RESUELTO

Primero. Homologar los materiales curriculares que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo. De acuerdo con el artículo 10 de la misma Orden, los materiales curriculares homologados podrán ser publicados por la Consejería de Educación en las condiciones que a tal fin se establezcan, de acuerdo con las personas o entidades propietarias de los materiales.

Tercero. Tal y como establece el artículo 11 de la citada Orden, los materiales curriculares homologados serán reconocidos como méritos en cuantas convocatorias y baremos de la Consejería de Educación se considere oportuno.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación conforme a lo establecido en los artículos 107.1 y 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (por modificación de la Ley 4/1999).

Sevilla, 12 de febrero de 2010.- La Directora, M.ª Pilar Jiménez Trueba.

ANEXO

- Cuadernos de actividades y juegos: Rataplín y la pompa de jabón, Rataplín en la nieve, Rataplín y sus canicas y Rataplín en el carnaval. Expte. 01/2010.

- PJ’s Success in Maths 1.º, 2.º y 3.º de ESO. Expte. 02/2010.

- Ocho cuentos: Irene va al colegio, La i tiene su punto, Las aventuras de Rataplín I y II, Mi gato Dimas, Nela, ¡Vamos a viajar! y ¿Qué pasó con Adriana?. Expte. 04/2010.

Descargar PDF