Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 15/03/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 3 de marzo de 2010, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se hace público el Acuerdo de 2 de marzo de 2010, de la Sección de Personal y AA.GG. de esta Delegación, por el que se delega la competencia para autentificación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la expedición de copias auténticas de documentos públicos y privados, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponden a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

Por razones técnicas se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Hacer público el Acuerdo de 2 de marzo de 2010, de la Sección de Personal y AA.GG. de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Segundo. Dejar sin efecto la Resolución de 27 de marzo de 2009, de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Almería, por la que se delega la compulsa de documentos (BOJA núm. 86, de 7 de mayo de 2009).

Almería 3 de marzo de 2010.- La Delegada, Alejandra M.ª Rueda Cruz.

ANEXO

ACUERDO DE 2 DE MARZO DE 2010, DE LA SECCIÓN DE PERSONAL Y AA.GG. DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES EN ALMERÍA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE OCUPA LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce en el artículo 35.c) el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presente, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos. Dicha función no se lograría si las copias de los documentos que se presentan junto con los originales, para la devolución de estos, no pueden ser autenticadas previo cotejo por los responsables de los Registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por ello

ACUERDO

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos y privados realizada mediante cotejo con los originales, respecto de los documentos que sean presentados en el Registro General y/o Auxiliar de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Almería, atribuida a la Sección de Personal y AA.GG., a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, queda delegada en los funcionarios que desempeñan los puestos de trabajo que a continuación se citan:

Código 7857910 Asesor Técnico

Código 219810 Negociado de Personal y Régimen Interior

Código 8168610 Negociado de Registro

Código 219710 Negociado de Gestión Económica

Código 7766910 Negociado de Contratación

Código 220010 Negociado de Expropiaciones

Código 7767310 Negociado de Tramitación

Código 1729910 Negociado de Tramitación

Código 7767710 Negociado de Tramitación

Código 221310 Secretario/a del Delegado/a Provincial

Código 1707310 Auxiliar de Gestión

Código 221610 Auxiliar Administrativo

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. La Jefa de Sección de Personal y AA.GG., Carmen Juana García Giménez.

Almería, 3 de marzo de 2010.- La Delegada, Alejandra M.ª Rueda Cruz.

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