Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 17/03/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 49/2010, de 23 de febrero, por el que se acepta la transmisión lucrativa de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, de cuatro parcelas dotacionales del Plan Parcial núm. 3 «La Florida» del PGOU de Huelva, de titularidad municipal, con diversos destinos.

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El Excmo. Ayuntamiento de Huelva, en sesión celebrada con fecha 28 de octubre de 2009, ha acordado la aprobación inicial de un Convenio por el que se transmiten a la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante mutación demanial subjetiva, cuatro parcelas dotacionales del Plan Parcial núm. 3 «La Florida» del PGOU de Huelva.

Dicho Convenio prevé, además, la reordenación urbanística de la zona, de forma que las parcelas resultantes de las modificaciones descritas en el Convenio se afectarán a los usos siguientes conforme a la nueva reordenación: una primera con destino a la construcción de un edificio administrativo que albergará diversas Delegaciones Provinciales de la Junta de Andalucía en Huelva, una segunda en la que se construirá un Centro de Formación Ocupacional, que sustituya al actual Centro «Vistalegre», y una tercera destinada a Centro de Educación Infantil (Guardería), que preste servicio preferente a los trabajadores de los distintos centros que se pretende ubicar en la zona. En la cuarta y última, la del Instituto de Enseñanza Secundaria «Fuentepiña», que mantendrá su destino actual, se adecuarán sus zonas libres interiores, reurbanizándose además todo el conjunto, de manera que todas estas edificaciones se visualicen como una única identidad.

Las Consejerías de Empleo y Educación, Departamentos con competencias relacionadas con los destinos previstos para los inmuebles que se adquieren, han prestado su conformidad a la operación patrimonial y urbanística contemplada en el Convenio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 23 de febrero de 2010,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión lucrativa de la propiedad, ofrecida por el Ayuntamiento de Huelva, mediante mutación demanial subjetiva, de las siguientes parcelas:

Parcela con la calificación de dotacional Docente (DO-2), con una superficie de 4.313 m² y una edificabilidad de 3.500 m², número de plantas III, y ocupación 3.500 m². Inscrita al Tomo 1870, Libro 472, Folio 205, Alta 1.ª, del Registro de la Propiedad Huelva núm. Dos, Finca 70.440, y referencia catastral 3667301PB8236N0001TM.

Parcela con la calificación de dotacional Docente (DO-3), con una superficie de 1.968,49 m² y una edificabilidad de 1.500 m², número de plantas III, y ocupación 1.000 m². Inscrita al Tomo 1870, Libro 472, Folio 207, Alta 1.ª, del Registro de la Propiedad Huelva núm. Dos, Finca 70.442, y referencia catastral 3568301PB8236N0001KM.

Parcela con la calificación de dotacional Docente (DO-4), con una superficie de 3.064,48 m² y una edificabilidad de 2.500 m², número de plantas III, y ocupación 1.500 m². Inscrita al Tomo 1870, Libro 472, Folio 209, Alta 1.ª, del Registro de la Propiedad Huelva núm. Dos, Finca 70.444, y referencia catastral 3768701PB8236N0001KM.

Parcela con la calificación de dotacional Docente (DO existente 2), con una superficie de 15.028,21 m² en el que se ubica el Instituto de Enseñanza Secundaria «Fuentepiña», con una superficie construida de 9.760 m². Inscrita al Tomo 1870, Libro 472, Folio 219, Alta 1.ª, del Registro de la Propiedad Huelva núm. dos, Finca 70.454, y referencia catastral 3568001PB8236N0001YM.

Esta parcela se corresponde con la adquirida por la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de transferencia efectuada mediante Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, estando registrada en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma con el número 2000 3199, y hallándose adscrita a la Consejería de Educación. No obstante, esta última transmisión no consta en el Registro de la Propiedad, razón por la cual, se ha incluido también en el convenio aprobado inicialmente en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Huelva el 28 de octubre de 2009, a fin de facilitar la inscripción de la titularidad real de la misma en el Registro de la Propiedad.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 y 39 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la mutación demanial subjetiva deberá formalizarse mediante convenio administrativo e inscribirse en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión patrimonial lucrativa, mediante mutación demanial subjetiva, de los cuatro inmuebles referidos en el apartado primero.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 23 de febrero de 2010

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO

Consejera de Economía y Hacienda

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