Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 10 de marzo de 2010, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Conservadores de Museos (A1.2024).

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Propuesta por la correspondiente Comisión la relación definitiva de aspirantes aprobados/as, en las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Conservadores de Museos, convocadas por Orden de esta Consejería de 16 de marzo de 2009 (BOJA núm. 65, de 3 de abril), se procede a dar cumplimiento a la base octava de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública

ha resuelto

Primero. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, modificado por el del Decreto 528/2004, de 16 de noviembre, y la Base Octava de la Orden de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirá por un acto único, que se celebrará el día 6 de abril a las 12,00 horas, en la sede de la Dirección General de la Función Pública, sita en Avda. República Argentina, núm. 25, 5.ª planta, de la ciudad de Sevilla.

Al acto deberán comparecer los/las aspirantes, provistos/as de la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava de la Orden de convocatoria de 16 de marzo de 2009, así como petición de destino conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución, debidamente firmado y cumplimentado. A aquellos/as aspirantes que no hayan solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio, alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las peticiones de los/as demás aspirantes.

Asimismo los/las aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la materia, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y opción a que se aspira.

2. Los/as aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro de Personal de la Junta de Andalucía. Los/as funcionarios de otras Administraciones deberán presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que de lo consignado en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose en caso contrario, su acreditación documental.

Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán a los/as aspirantes seleccionados/as en las respectivas pruebas, de acuerdo con la puntuación total obtenida.

2. Conforme dispone el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación si se trata de puestos de trabajo de nivel básico o carácter provisional si se trata de puestos de trabajo de nivel no básico.

Cuarto. Los/as funcionarios/as que ocupen con carácter definitivo puestos de doble adscripción, podrán solicitar, la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán excluidos/as del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Quinto. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada no comparezcan, o no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base segunda de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Contra la oferta de vacantes que se realiza en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados del mismo modo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de marzo de 2010.- El Secretario General para la Administración Pública, P.D. (Orden de 6.8.2009), el Director General de la Función Pública, Manuel Alcaide Calderón.

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Ver Anexo II en página 29 del BOJA núm. 53, de 18.3.200

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