Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 22/03/2010

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Consejería de Cultura

Anuncio de 10 de marzo de 2010, de la Secretaría General Técnica, por el que se hace pública la Orden de 8 de marzo de 2010, de ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 23 de junio de 2009, dictada en el procedimiento ordinario que se cita.

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En cumplimiento de lo acordado por la Consejera de Cultura por Orden de 8 de enero de 2010, se hace público que de conformidad con el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se ha dispuesto la ejecución de la sentencia de 23 de junio de 2009 de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dictada en el procedimiento ordinario núm. 651/2006, interpuesto a instancia de la Fundación Martín Robles, mediante la citada Orden de 8 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva dice:

«Primero. Ejecutar y llevar a puro y debido efecto el fallo de la Sentencia de 23 de junio de 2009, de la Sección Primera de la Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 651/2006, y cuyo contenido literal dice: “Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por la Fundación Martín Robles, representada por el Sr. Procurador don Rafael Campos Márquez, contra la Orden de fecha de 25 de mayo de 2006, dictada por la Excma. Sra. Consejera de Cultura, por la que se deniegan las autorizaciones solicitadas para la enajenación de un inmueble situado en la calle Orfila en Sevilla y la constitución de la sociedad Balbia Hispalis, S.L. Sin costas.”

Segundo. Dar traslado de la presente Orden al Registro de Fundaciones de Andalucía.»

Sevilla, 10 de marzo de 2010.- La Secretaria General Técnica, María Teresa García de Casasola Gómez.

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