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El artículo 8 de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo, establece que los Consejeros electivos, en número de seis, serán nombrados por el Consejo de Gobierno entre profesionales que se hayan distinguido en el campo del Derecho y en el que tengan una experiencia superior a diez años.
Producida vacante en el grupo de Consejeros y Consejeras electivas, por la renuncia al cargo de don Antonio Jara Andréu, procede efectuar el correspondiente nombramiento.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de marzo de 2010,
DISPONGO
Vengo en disponer el nombramiento de doña Begoña Álvarez Civantos como Consejera electiva del Consejo Consultivo de Andalucía, con dedicación de carácter exclusivo y a tiempo completo.
Sevilla, 23 de marzo de 2010
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de la Presidencia
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