Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2010

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Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Anuncio de 12 de marzo de 2010, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación de Acuerdo, de Aprobar Definitivamente a reserva de la simple Subsanación de Deficiencias, por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010.

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EXPEDIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE A LA PARCELACIÓN LA RABADA, CONTEMPLADO EN EL VIGENTE PGOU DE CÓRDOBA COMO PAU P-L-R «LA RABADA», EN EL MUNICIPIO DE CÓRDOBA

PUBLICACIÓN DE CERTIFICACIÓN DEL ACUERDO

Certificación, emitida en los términos previstos en el art. 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 93, 95 y 96 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010, en relación con el siguiente expediente:

P-63/07

Formulado y tramitado por el Ayuntamiento de Córdoba, a instancias de la Asociación de Propietarios «La Rabada» representada por doña Rafaela Llorente Bravo para la solicitud de la aprobación definitiva del cumplimiento de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, 15 de noviembre de 2007, correspondiente a la Parcelación La Rabada, contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba como PAU P-LR «La Rabada», en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.B.a) y 36.2.c.1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA).

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Con fecha 2 de diciembre de 2009, tiene entrada en esta Delegación Provincial escrito al que se adjunta expediente administrativo de tramitación y dos ejemplares del documento técnico de la Subsanación de deficiencias del Plan de Sectorización correspondiente a la Parcelación La Rabada, contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba como PAU P-LR «La Rabada», promovida por la Asociación de Propietarios de dicho Plan y tramitada por el Ayuntamiento, para su aprobación definitiva por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U.), y en cumplimiento de la Resolución de dicha Comisión, de fecha 15 de noviembre de 2007.

2.º El expediente del Plan de Sectorización PAU P-LR «La Rabada», contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba, fue objeto de resolución por la CPOT y U de Córdoba, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2007, acordándose la aprobación definitiva y suspendiendo dicha aprobación respecto de las deficiencias señaladas en los apartados segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, debiéndose, una vez subsanadas por la Corporación Municipal, elevar de nuevo a la CPOT y U para su aprobación definitiva.

El Ayuntamiento de Córdoba, en relación con las deficiencias señaladas en el antes mencionado acuerdo de la CPOT y U, acordó en sesión de 5 de noviembre de 2009, aprobar el documento de subsanación de deficiencias del referido Plan de Sectorización, remitiendo el expediente y dicho acuerdo a la CPOT y U para su aprobación definitiva.

3.º Emitido informe por el Servicio de Urbanismo, en el que se contiene la descripción detallada, el análisis y valoración de la documentación, tramitación, y determinaciones del expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aprobarlo definitivamente, con determinadas valoraciones y consideraciones, quedando a reserva de la simple subsanación de deficiencias señaladas en el mencionado informe, que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba es competente para resolver el presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en relación con los artículos 31.2.B.a) de la LOUA.

Segundo. La tramitación del presente expediente se ajusta, en general, a lo previsto en los artículos 32, 36 y 39 de la LOUA, en cuanto a procedimiento (36.1 y 2.c.1.ª; 32.1.1.ª a; 32.1.3.ª y 4.ª; 32.4; y 33) e información pública y participación (32.1.2.ª; y 39.1 y 3), siendo este el procedimiento señalado por la CPOT y U de Córdoba para subsanar las deficiencias que motivaron el acuerdo de aprobación definitiva de manera parcial de fecha 15 de noviembre de 2007 del Plan de Sectorización del PAU-PL «La Rabada», contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba.

Tercero. La documentación del presente expediente, con las rectificaciones introducidas, se adecuan básicamente a lo establecido en los artículos 36.1 y 2.b), 19.1.a), b) y c), 19.2; 3; 9; 10.1.A; y 36.2.a), de la LOUA, teniendo en cuenta su concreto alcance y finalidad, sin perjuicio de las deficiencias que en el apartado 2.º se detallan.

1.º En este contexto, se efectúan, las siguientes consideraciones y valoraciones:

En lo que se refiere a las Determinaciones, cabe entender se viene a subsanar adecuadamente, en general y sin perjuicio de lo señalado más adelante, las deficiencias expresadas en el antes referido acuerdo de la CPOT y U. de Córdoba, reiterándose las consideraciones y valoraciones contenidas en el mismo.

2.º Por último, se valoran como deficiencias a subsanar, a efectos de lo previsto en el artículo 33.2.b) de la LOUA, las que se señalan a continuación:

Resulta contradictorio el contenido de la memoria de ordenación en su apartado 1.4.4, relativo a la reserva sobre vivienda protegida, al justificar la innecesariedad de establecer tal reserva, y su disposición, al mismo tiempo. Por otra parte, quedan indeterminadas, tanto la prescripción de una reserva del 30% de vivienda protegida, al no precisarse respecto al factor que debe aplicarse, como la disposición de vivienda unifamiliar adosada, cuya proporción en el sector carece de máximo.

El contenido de las presentes subsanaciones, mas las ahora exigidas, deberán integrase en un documento técnico refundido comprensivo de la totalidad de las determinaciones del plan de sectorización definitivamente aprobadas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación se acuerda:

Aprobar definitivamente el cumplimiento de Resolución correspondiente a la Parcelación La Rabada, contemplado en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Córdoba como PAU P-LR «La Rabada», con las valoraciones y consideraciones contenidas en el apartado 1.º del tercer fundamento de derecho de la presente resolución a reserva de la simple Subsanacion de Deficiencias señaladas en el apartado 2.º del referido fundamento de derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo 33.2.b) de la LOUA, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.

Una vez aprobada la subsanación de deficiencias, y comunicada a esta Delegación Provincial, se procederá a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el artículo 40 de LOUA y artículo 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico. Realizada la inscripción, se procederá a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA.

La presente resolución se publicará, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Córdoba, a doña Rafaela Llorente Bravo en representación de la Asociación de Propietarios «La Rabada» y a los demás interesados que hubiere en el procedimiento.

Contra los contenidos de la presente resolución que hayan sido objeto de aprobación, y que ponen fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en el artículo 46.1 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma, así como en el artículo 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre.

Asimismo contra los contenidos de la presente resolución que hayan sido objeto de suspensión, y que no ponen fin a la vía administrativa, por carecer de la condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso de alzada, ante el Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio o ante este Delegado Provincial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, los artículos 48, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. Córdoba, 25 de febrero de 2010.- Vº Bº el Vicepresidente 2º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Francisco García Delgado; la Secretaria de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Isabel Rivera Salas.

Córdoba, 12 de marzo de 2010.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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