Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Orden de 10 de marzo de 2010, por la que se dispone el nombramiento de miembros del Consejo Social de las Universidades de Almería, de Cádiz, de Córdoba, de Granada, de Huelva, de Jaén, de Málaga, de Sevilla y Pablo de Olavide, de Sevilla, por el sector de representantes de los intereses sociales, designados por CC.OO. como una de las organizaciones sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1.i) de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 21.2 de la citada Ley, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Nombrar como miembros del Consejo Social de las Universidades de Almería, de Cádiz, de Córdoba, de Granada, de Huelva, de Jaén, de Málaga, de Sevilla y Pablo de Olavide, de Sevilla, por el sector de representantes de los intereses sociales, designados por CC.OO., como una de las organizaciones sindicales más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a los siguientes señores.

Consejo Social de la Universidad de Almería:

Don Antonio Valdivieso Montes.

Consejo Social de la Universidad de Cádiz:

Don Manuel Gómez de la Torre.

Consejo Social de la Universidad de Córdoba:

Don Rafael Rodríguez Carracedo.

Consejo Social de la Universidad de Granada:

Don Ángel Amescua Recover.

Consejo Social de la Universidad de Huelva:

Don Diego Martín Díaz.

Consejo Social de la Universidad de Jaén:

Don Manuel Valdivia Milla.

Consejo Social de la Universidad de Málaga:

Don Antonio M. Herrera López.

Consejo Social de la Universidad Pablo de Olavide:

Don Francisco Figueroa Alcaraz.

Consejo Social de la Universidad de Sevilla:

Don Francisco Flores Tristán.

Artículo 2. La duración de los respectivos mandatos se establece conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 21 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades.

Artículo 3. La presente Orden surtirá efectos desde la misma fecha de su firma.

Sevilla, 10 de marzo de 2010

Martín Soler Márquez

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

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