Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 08/04/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de diciembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de Málaga, dimanante del Liquidación Sociedad de Gananciales 487/2009. (PD. 788/2010).

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NIG: 290674C20090017483.

Procedimiento: Liquidación Sociedad de Gananciales 487/2009.

Sobre: Formación de Inventario.

De: Doña Antonia Luque Fernández.

Procuradora: Sra. Teresa Garrido Sánchez.

Letrada: Sra. Trinidad Mora López.

Contra: Don Juan José Moyano González,

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Liquidación Sociedad de Gananciales 487/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de Málaga, a instancia de doña Antonia Luque Fernández, contra don Juan José Moyano González, sobre Formación de Inventario, se ha dictado Auto que copiada es como sigue:

AUTO NÚM. 539

Doña Carmen Moreno Romance.

En Málaga, a treinta de octubre de 2009.

ANTeCEDENTES DE HECHO

Primero. Por la Procuradora doña Teresa Garrido Sánchez en nombre y representación de doña Antonia Luque Fernández se presentó escrito de demanda en solicitud de formación de inventario de la sociedad de gananciales existente entre los cónyuges doña Antonia Luque Fernández y don Juan José Moyano González, conforme a lo dispuesto en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. Acompañando propuesta de inventario y demás documentos exigidos en el art. 808 de la referida Ley adjetiva.

Segundo. Admitida a trámite la anterior solicitud por Auto de fecha 21.5.07, se acordó citar a las partes a la formación de inventario; y tras la práctica de sucesivas diligencias de citación con resultado negativo se acordó la citación por edictos que se expusieron en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Tercero. En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales en vigor.

FunDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Con fecha 23 de octubre de 2009 se celebró la oportuna comparecencia para la formación de inventario, en el sentido recogido en el Acta que al efecto se levantó y se tiene por reproducido. Dándose por concluida la diligencia acordada, de conformidad con lo dispuesto el artículo 809 de la LEC.

Segundo. Celebrada la Diligencia de Inventario en la fecha antes referenciada, con la sola asistencia de la parte actora, sin que se aprecie justa causa en la inasistencia de la demandas, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 809 de la LEC, aprobar la propuesta de inventario presentada por el Procurador doña Teresa Garrido Sánchez en nombre y representación de doña Antonia Luque Fernández.

Visto el precitado artículo y demás preceptos de general y pertinente aplicación;

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo. Aprobar la formación de inventario de la sociedad de gananciales existente entre los cónyuges: Doña Antonia Luque Fernández y don Juan José Moyano González; conforme al resultado que obra en el Acta de fecha 23.10.09; con remisión, en su caso, a la propuesta presentada por la actora, según consta en su escrito de demanda de fecha 13 de abril de 2009.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, computados desde el siguiente a la notificación.

Así lo acuerda y firma la Magistrada-Juez, doy fe. La Magistrada-Juez, el Secretario.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Juan José Moyano González, extiendo y firmo la presente en Málaga, a nueve de diciembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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