Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 09/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Orden de 17 de marzo de 2010, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinada Feria Comercial Oficial de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Orden de 17 de diciembre de 2009, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario para el año 2010 (BOJA núm. 1, de 4 de enero de 2010), entre las que figura la feria denominada: «XX Ferial 2010», que tenía prevista su celebración en Roquetas de Mar (Almería), del 29 de octubre al 1 de noviembre de 2010.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Almería, entidad organizadora de esta feria solicita autorización para modificar las condiciones de celebración de la misma, pasando a celebrarse del 9 al 12 de octubre de 2010.

En ejecución de lo establecido en la disposición transitoria décima del Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, que dispone que las Ferias Comerciales Oficiales que hayan sido objeto de autorización expresa antes de la entrada en vigor del mencionado Decreto Ley, quedarán sujetas al régimen legal anterior para la edición incluida en el calendario aprobado, en su virtud y en uso de las atribuciones que me fueron conferidas, y en relación con el Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 173/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

DISPONGO

Modificar las condiciones de la autorización de la feria «XX Ferial 2010», que tenía prevista su celebración en Roquetas de Mar (Almería), del 29 de octubre al 1 de noviembre de 2010, y pasa a celebrarse los días comprendidos entre el 9 y 12 de octubre de 2010, ambos inclusive.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de marzo de 2010

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

Descargar PDF