Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 14/04/2010

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 1 de septiembre de 2009, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, dimanante de Apelación Civil núm. 1065/2008. (PD. 851/2010).

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NIG: 2906742C20060018010.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 1065/2008. Negociado: 6B.

Asunto: 501117/2008.

Autos de: Procedimiento Ordinario 859/2006.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga.

Negociado: 6B.

Apelante: CP El Castillar.

Procuradora: González Pérez, Carmen.

Abogado: Lara Peláez, Francisco Javier.

Apelado: Adrianche, S.A. Administrador don César Portillo Alonso.

EDICTO

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texo literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 484

Audiencia Provincial de Málaga.

Sección Quinta, Audiencia Provincial de Málaga.

Presidente Ilmo. Sr. don Hipólito Hernández Barea.

Magistrados: Ilmos. Sres. don Melchor Hernández Calvo y doña Teresa Sáenz Martínez.

Referencia:

Juzgado de Procedencia: Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga.

Rollo de Apelación núm. 1065/2008.

Juicio núm. 859/2006.

En la Ciudad de Málaga, a veintidós de julio de dos mil nueve.

Visto, por la Sección Quinta, Audiencia Provincial de Málaga de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso CP El Castillar que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por la Procuradora Sra.González Pérez, Carmen, y defendido por el Letrado Sr. Lara Peláez, Francisco Javier. Es parte recurrida Adrianche, S.A. Administrador don César Portillo Alonso, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

FALLAMOS

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Comunidad de Propietarios El Castillar contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Málaga, en los autos de juicio ordinario a que dicho recurso se refiere, previa revocación de la misma, debemos:

a) Estimar la demanda formulada en la instancia, condenando a la mercantil Adrianche, S.A., a abonar a la Comunidad actora la cantidad de 6.239,15 euros e interés legal desde la fecha de interposición de la demanda e interés por mora procesal desde la fecha de esta resolución, y al pago de las costas causadas en la instancia.

b) No hacer expresa condena de las costas causadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente resolución con expresión de los recursos que proceden, remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. En el día de su fecha fue leída la anterior sentencia, por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, estando constituido en Audiencia Pública, de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del demandado Adrianche, S.A., por Diligencia de Ordenación de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y su publicación en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación.

La extiendo yo el/la Secretario Judicial para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

En Málaga, a 1 de septiembre de 2009.- El Secretario.

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