Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 19/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 7 de abril de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 6 de abril de 2010, por el que se amplían los Acuerdos de la Sección de Régimen Interior de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que desempeñe el puesto de trabajo que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de documentos.

La Sección de Régimen Interior de esta Delegación es la responsable del Registro General establecido en la misma. Por razones organizativas y de eficacia administrativa, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. A partir del 1.9.2009, se ha asumido la competencia por esta Delegación Provincial de Educación para la gestión de los centros de Primer Ciclo de Educación Infantil. Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial de Educación en Sevilla

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 6 de abril de 2010, que se anexa a la presente Resolución, por el que se amplían los anteriores Acuerdos de la Sección de Régimen Interior de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Sevilla, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que desempeñe el puesto de trabajo Departamento de Primera Infancia (7835610).

Sevilla, 7 de abril de 2010.- El Delegado, José Jaime Mougán Rivero.

ANEXO

ACUERDO DE 6 DE ABRIL DE 2010, POR EL QUE SE AMPLÍAN LOS ACUERDOS DE LA SECCIÓN DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN SEVILLA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑE EL PUESTO DE TRABAJO QUE SE CITA

Tras la publicación en BOJA con fechas 10 de febrero de 2005, 10 de febrero de 2006 y 12 de febrero de 2009, de las Resoluciones de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hacían públicos los Acuerdos de la Sección de Régimen Interior, por los que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo, en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan, se ha producido el traspaso de la competencia de gestión de los centros de Primer Ciclo de Educación Infantil a esta Delegación Provincial de Educación con efectos de 1 de septiembre de 2009. Por todo lo anterior,

ACUERDO

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados, realizada mediante cotejo con los originales respecto de los documentos que se presenten en el Registro General y/o Auxiliar de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, atribuida a la Jefatura de la Sección de Régimen Interior, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, en el personal funcionario que ocupa el puesto de trabajo Departamento de Primera Infancia con código de Relación de Puestos de Trabajo 7835610.

Segundo. La delegación de competencias contenida en la presente modificación se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Tercero. En las copias auténticas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación. Sevilla, 6 de abril de 2010. La Jefa de la Sección de Régimen Interior, Pilar Cárdenas Moreno.

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