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NIG: 4109142C20080013559.
Procedimiento: Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 439/2008. Negociado: F
Sobre: Extinción de contrato de arrendamiento.
De: Compañía Inmobiliaria Darsa Sevillana, S.A.
Procurador: Sr. Antonio Candil del Olmo.
Letrado: Sr. Enrique Agudo Fernández.
Contra: Herederos de Antonio Gallardo Borrego.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 439/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla a instancia de Compañía Inmobiliaria Darsa Sevillana, S.A., contra Herederos de Antonio Gallardo Borrego sobre extinción de contrato de arrendamiento, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 461
En Sevilla, a veintinueve de marzo de dos mil diez.
Doña María José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 439/2008, a instancia de Compañía Inmobiliaria Darsa Sevillana, S.A., representada por el Procurador don Antonio Candil del Olmo, contra los herederos desconocidos de don Antonio Gallardo Borrego, declarados en rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda promovida por Compañía Inmobiliaria Darsa Sevillana, S.A., representada por el Procurador don Antonio Candil del Olmo, contra los herederos desconocidos de don Antonio Gallardo Borrego, declaro extinguido por muerte del arrendatario el contrato de arrendamiento celebrado por la demandante y don Antonio Gallardo Borrego el día 1 de noviembre de 1973 sobre la vivienda sita en calle Alhelí, 4, 2.º C, de esta ciudad, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a que desalojen la vivienda, dejándola libre y expedita, a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento. Las costas procesales se imponen a la parte demandada.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución podrán interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación, del que conocerá la Audiencia Provincial. Para que proceda tener por preparado el recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, suma que deberá ser ingresada en la cuenta de este Juzgado número 4036-0000-04-0439-08, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al los demandados Herederos de Antonio Gallardo Borrego, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de marzo de dos mil diez.- El/La Secretario.
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