Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 26/04/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de abril de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería (antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante de procedimiento ordinario núm. 967/2008. (PD. 988/2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 0401342C20080006247.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 967/2008. Negociado: T2.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Santander Consumer, S.A.

Procurador: Sr. Javier Salvador Martín-Alcalde García.

Contra: Doña Ivonne Tatiana Larrea Sierra.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 967/2008 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería (antiguo Mixto núm. Ocho) a instancia de Santander Consumer, S.A., contra doña Ivonne Tatiana Larrea Sierra, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 1/2010

En Almería, a 11 de enero de 2010.

Visto por don Antonio Luis García Valverde, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería, los autos de juicio ordinario instados por el Procurador de los Tribunales don Javier Martín García, en nombre y representación de la mercantil Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., con la asistencia letrada de don Juan Félix García Cerezo, contra doña Ivonne Tatiana Larrea Sierra, en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Javier Martín García, en nombre y representación de la mercantil Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., con la asistencia letrada de don Juan Félix García Cerero, contra doña Ivonne Tatiana Larrea Sierra, en situación procesal de rebeldía; condeno a que la demandada pague a la actora la cantidad de veinte mil quinientos setenta y ocho euros con veinticuatro céntimos (20.578,24 €), más los intereses de demora que se devengue desde la fecha de interposición de la demanda al tipo pactado del 24% anual.

Que debo imponer las costas del procedimiento a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas en la forma establecida en la LOPJ.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455, LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2, LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 0241/0000/04/0967/08, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo acuerdo, mando y firmo, don Antonio Luis García Valverde, Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Ivonne Tatiana Larrea Sierra, extiendo y firmo la presente en Almería, a seis de abril de dos mil diez.- El/La Secretario.

Descargar PDF