Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 06/05/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Orden de 19 de abril de 2010, por la que se efectúa convocatoria para la formación del Catálogo de buenas prácticas para el paisaje y se regula la participación en la tercera edición del Premio Mediterráneo del Paisaje, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El paisaje, como creación cultural que expresa la relación de la sociedad con el medio natural a lo largo del tiempo, comporta un sentido activo y de responsabilidad para el conjunto de las intervenciones humanas, y en particular para la acción pública. Representa, asimismo, uno de los aspectos esenciales de la calidad de vida a la que aspira la sociedad, constituyendo un patrimonio común que debemos reconocer y fomentar los valores de su diversidad y de sus recursos asociados.

En mayor medida que cualquier otro, el paisaje mediterráneo está profundamente marcado por la huella del ser humano, resultado de una rica vida urbana y rural. Pero, al mismo tiempo, presenta una fragilidad derivada de sus peculiares condiciones físico-naturales, en un contexto de presión intensa que lo está modificando sustancialmente.

Conscientes de la importancia que el paisaje representa para la historia venidera, regiones italianas, francesas, griegas y españolas vienen desarrollando diversas acciones comunes que tienen su origen en la Carta del Paisaje Mediterráneo (Sevilla, 1993) y a la que viene a sumarse el Convenio Europeo del Paisaje (Florencia, 2000) promovida por el Consejo de Europa. Con este propósito se desarrollaron diversos proyectos de cooperación, en el marco del programa Interreg, entre cuyas actividades hay que destacar la convocatoria del premio mediterráneo de paisaje, que ya ha tenido dos ediciones, 1999 y 2006. Los buenos resultados de estas ediciones del premio han motivado la continuación de esta iniciativa en un nuevo proyecto.

La organización del Catálogo de buenas prácticas y la tercera edición del premio mediterráneo del paisaje 2006 se integra en el Proyecto Europeo PAYS.MED.URBAN-El Paisaje de Alta Calidad como clave de Sostenibilidad y Competitividad de las Áreas Urbanas Mediterráneas, dentro del programa operativo MED 2007-2013, en el marco del objetivo de Cooperación Territorial Europea, que fue aprobado por la Comisión Europea el 20 de diciembre de 2007 para el periodo de programación comprendido entre los años 2007 y 2013. Este proyecto está participado por las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Murcia, Valencia, el Ayuntamiento de Mallorca, las Regiones italianas de Toscana, Umbría, Lacio, Emilia-Romaña, Lombardía, Basilicata, Veneto, la región portuguesa de Algarve, la Red Europea de Autoridades Locales y Regionales para la implementación del Convenio Europeo del Paisaje (ENELC) y la Prefectura de Magnesia-ANEM (Grecia), correspondiendo a Andalucía, a través de la Secretaría General de Planificación y Desarrollo Territorial, la coordinación general en su calidad de jefe de filas del proyecto.

La convocatoria para la selección de buenas prácticas, y la fase de concurso del premio mediterráneo de paisaje, pretende generar la necesidad de dotar a las diferentes actuaciones del valor añadido que representa un adecuado tratamiento paisajístico. Para su selección, se tendrá en cuenta de forma transversal la capacidad de estas experiencias de fomentar la igualdad entre mujeres y hombres como clave de desarrollo sostenible y calidad de vida en las áreas urbanas. El reconocimiento de estas buenas prácticas, en cuyo proceso de selección y decisión se tiene en cuenta las diversas miradas que sugiere el paisaje, constituye un vehículo adecuado para el objetivo de crear una mayor y más cualificada conciencia y responsabilidad sobre nuestro entorno, no sólo como hecho cultural e histórico, sino como creación contemporánea y su dimensión de futuro.

En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 9 del Decreto 135/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

Se convoca, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el proceso selectivo para la formación del Catálogo de buenas prácticas para el paisaje.

Entre los integrantes del Catálogo se seleccionarán, a su vez, las candidaturas de dicha Comunidad Autónoma a participar en la tercera edición del Premio mediterráneo del paisaje, que se desarrollará de acuerdo con las Bases que figuran en el Anexo I, y que han sido adoptadas de forma común por las regiones participantes en el proyecto PAYS.MED.URBAN-El Paisaje de Alta Calidad como clave de sostenibilidad y competitividad de las áreas urbanas mediterráneas.

Artículo 2. Presentación de candidaturas.

Las candidaturas se presentarán, con la documentación establecida en las bases anexas, en la sede de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Desarrollo Territorial Sostenibles, avenida de Diego Martínez Barrio, 10 de Sevilla (41071), o mediante cualquiera de los medios contemplados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía.

Artículo 3. Proceso de selección.

1. La selección de las candidaturas se llevará a cabo según el procedimiento establecido en el artículo 11 de las bases de la convocatoria que figuran como Anexo I a esta Orden, e incorporando la igualdad de género como criterio transversal de valoración de las mismas.

2. Se constituirá un Comité Regional de Selección del Catálogo y del Premio a que se refiere el artículo 11 de las bases formado por representantes de Consejerías y Agencias de la Junta de Andalucía, cuya designación corresponderá a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Desarrollo Territorial Sostenibles.

Disposición adicional única. Servicio de información y asesoramiento.

La Dirección General de Planificación, Ordenación y Desarrollo Territorial Sostenibles pondrá a disposición del proceso que regula la presente Orden, un servicio de información y asesoramiento para la presentación de candidaturas, a través de la dirección de correo electrónico: concurso.paisajemediterraneo.cvot@juntadeandalucia.es.

Disposición final primera. Habilitación para su desarrollo.

Se faculta a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Desarrollo Territorial Sostenibles para el desarrollo y ejecución de las actividades asociadas al Catálogo y al Premio.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de abril de 2010

ROSA AGUILAR RIVERO

Consejera de Obras Públicas y Vivienda

ANEXO I

Bases de la convocatoria del III Premio Mediterráneo del Paisaje y creación del Catálogo de Buenas Prácticas para el Paisaje en Áreas Urbanas, en el ámbito del proyecto PAYS.MED.URBAN, inscrito dentro del Programa Operativo MED (2007-2013)

Las regiones de Andalucía (ES), Algarve (PT), ANEM, Prefectura de Magnesia (GR), Basilicata (IT), Cataluña (ES), Emilia-Romagna (IT), Lazio (IT), Lombardia (IT), Mallorca (ES), Murcia (ES), Toscana, (IT), Umbria (IT), Valencia (ES) y Veneto (IT), son los socios integrantes del proyecto «PAYS.MED.URBAN-Alta calidad del Paisaje como elemento clave de sostenibilidad y competitividad de las áreas urbanas mediterráneas» cofinanciado por fondos FEDER dentro de la iniciativa comunitaria Programa MED.

En PAYS.MED.URBAN participa también, como partner asociado, la Red Europea de Entes Locales y Regionales para la Implementación del Convenio Europeo del Paisaje (RECEP-ENELC), lo cual subraya la voluntad del proyecto de contribuir activamente a la puesta en práctica efectiva de los objetivos de dicho Convenio.

PAYS.MED.URBAN entiende que la alta calidad del paisaje no sólo es un factor de identidad y un patrimonio con valores naturales, ecológicos y histórico-culturales, sino también un potente recurso para el desarrollo económico y la competitividad de las áreas urbanas con capacidad de atraer turistas y, cada vez más, la localización de empresas de los nuevos sectores económicos y de profesionales cualificados y creativos («talentos»). En definitiva, PAYS.MED.URBAN, considera el paisaje como un capital territorial no deslocalizable y relevante para el desarrollo sostenible y la calidad de vida en las áreas urbanas.

La realización de un Catálogo de Buenas Prácticas, como línea de trabajo de este proyecto, tratará de ofrecer una base de conocimiento de buenas prácticas en planificación, creación y gestión paisajística en áreas urbanas y periurbanas, que representen las experiencias más significativas y positivas de las regiones socias del proyecto. El Catálogo servirá también para la preparación de la 3.ª edición del Premio Mediterráneo de Paisaje dedicado al tema «Paisajes Mediterráneos en proceso de cambio» como consecuencia de las transformaciones causadas por la expansión urbana, las actividades económicas y las infraestructuras.

Con esta finalidad se promueve, mediante las presentes bases, la presentación de dossiers de candidatura referidos a planes, programas, proyectos, obras realizadas, concursos de ideas, actuaciones de sensibilización, de formación y de comunicación que constituyan una experiencia significativa desde el punto de vista paisajístico.

Artículo 1. Contenido de la convocatoria.

La presente convocatoria define las categorías, los criterios de selección y los requisitos fundamentales para la presentación de los dossieres de candidatura de planes, programas, obras, proyectos, concursos de ideas, experiencias de sensibilización, formación y actividades de comunicación dirigidas al paisaje en áreas urbanas y periurbanas, y cuyo fin es la publicación de un Catálogo de Buenas Prácticas para el Paisaje y la entrega por categoría del Premio Mediterráneo del Paisaje en su tercera edición.

Artículo 2. Finalidad de la selección.

La finalidad de la presente iniciativa es contribuir, a través de la selección, la difusión y la promoción de experiencias concretas de Buenas Prácticas, por un lado al impulso del Convenio Europeo del Paisaje, y por el otro a una mayor sensibilización de la población sobre la importancia del paisaje para el bienestar social y la igualdad de género, para consolidar la identidad y para favorecer la competitividad territorial.

La valoración y la difusión de casos modelo para otras actuaciones, intenta estimular el crecimiento de una cultura común que dedique especial atención a la calidad del paisaje a través de la participación del mayor número posible de entes públicos y privados, como administraciones locales, profesionales, operadores económicos y sociales y la población local.

Artículo 3. Candidatura.

1. Pueden participar en la selección, mediante la presentación de un dossier de candidatura, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan participado en la elaboración, realización o gestión de las actividades presentadas en el dossier, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

2. Cada dossier de candidatura deberá ser presentado en el ámbito de una sola categoría

3. Los socios que integran el proyecto PAYS.MED.URBAN quedan excluidos de la presente convocatoria. No obstante en el caso en que el socio del proyecto represente a la Administración Regional, las distintas entidades públicas regionales, diferentes de la entidad firmante (representante legal), podrán presentar candidaturas elegibles a formar parte del Catálogo de Buenas Prácticas, si bien no podrán optar al Premio Mediterráneo de Paisaje.

Artículo 4. Campos Temáticos.

La III edición del Premio Mediterráneo del Paisaje enlaza con los objetivos del proyecto PAYS.MED.URBAN, en el que se tratan aquellos aspectos paisajísticos que desempeñan un importante papel en el atractivo y en la capacidad competitiva de las áreas urbanas. Estos aspectos se resumen en seis campos temáticos sobre los que deberán versar las candidaturas presentadas:

1. Existencia de espacios abiertos periurbanos suficientes y bien gestionados, poniendo especial atención en las funciones de paisaje de la agricultura periurbana.

2. Ofrecer áreas «de oportunidad/de ocasión» bien diseñadas desde el punto de vista del paisaje para el asentamiento de empresas de los nuevos sectores económicos.

3. Calidad visual en los accesos y entradas a núcleos urbanos.

4. Integración paisajística de las nuevas zonas residenciales en el espacio periurbano.

5. Calidad visual y ambiental de los márgenes urbanos (punto de contacto entre zonas construidas y zonas sin urbanizar) y en la restauración paisajística.

6. Protección y mejora de la imagen e identidad urbana (vistas).

Una misma candidatura podrá tratar más de un campo temático.

Artículo 5. Categorías.

Las candidaturas presentadas deberán incluirse en una de las siguientes categorías de actividad en conformidad a los criterios de selección que posteriormente se detallan:

Categoría A: Planes y Programas.

Podrán presentarse en esta categoría, las experiencias de planificación y elaboración de planes urbanísticos y de ordenación del territorio, y programas de actuaciones que constituyan una expresión concreta de protección, gestión y/o ordenación (actividades de mejora, creación y restauración) de los paisajes de las áreas urbanas, definiendo además acciones para el mantenimiento y el desarrollo de niveles de calidad del paisaje.

Pueden presentarse en esta categoría instrumentos de planificación urbana local y supra-local (plan general de ordenación urbana, plan de ordenación intermunicipal, plan especial), los planes y programas de gestión ambiental, de desarrollo socioeconómico local o supra-local (agenda 21, plan estratégico...), y otros planes o programas que influyan positivamente en el ámbito paisajístico urbano.

Categoría B: Obras realizadas.

Podrán presentarse en esta categoría las obras civiles, de infraestructuras, de comunicaciones, de mejoras ambientales, efectivamente realizadas que se caractericen por la búsqueda de una integración con el contexto paisajístico o por la capacidad de construir nuevos paisajes contemporáneos que favorezcan el potencial territorial de un entorno urbano.

Categoría C: Experiencias de sensibilización y formación.

Podrán presentarse en esta categoría las actividades que documenten la capacidad concreta de entidades públicas o privadas para crear iniciativas eficaces de sensibilización y formación en cuanto a los recursos paisajísticos de las áreas urbanas, mediante la promoción de actividades para la utilización de los recursos paisajísticos de tipo natural-ambiental, histórico-cultural o socioeconómico.

También tendrán cabida actividades didácticas dirigidas a técnicos responsables en la toma de decisiones, a profesionales o al público en general, siendo su objetivo la concienciación de los valores paisajísticos y la integración paisajística de las actividades humanas dentro de la trama urbana.

Categoría D: Actividades de comunicación.

Podrán presentarse en esta categoría las iniciativas individuales o de grupo que, a través de las propias actividades artísticas o profesionales, hayan contribuido a estimular la atención de la comunidad hacia los temas relacionados con los valores paisajísticos de las áreas urbanas. Son actividades de esta categoría las siguientes:

- Audiovisuales que estimulen a una reflexión sobre los procesos evolutivos histórico-culturales que hayan generado paisajes urbanos.

- Material fílmico u otras experiencias artísticas en las que el paisaje adquiera un valor especial en los acontecimientos narrados.

- Pinturas que transmitan, de forma sintética, la percepción subjetiva de las características y de los valores de los paisajes representados.

- Fotografías que documenten paisajes representativos del espacio mediterráneo y/o de su proceso de evolución, siempre que sean recopilados de forma sistemática a modo de catálogo, folleto u otra forma editorial.

- Instalaciones y exposiciones permanentes de obras de arte al aire libre, como esculturas e instalaciones de arte, que demuestren una amplia relación entre las obras expuestas y el contexto paisajístico.

Categoría E: Proyectos y Concurso de Ideas.

Podrán presentarse en esta categoría proyectos e ideas presentadas a concursos o actuaciones no ejecutadas que comporten la investigación de una correcta inserción de los elementos arquitectónicos en su contexto urbano-periurbano, la utilización adecuada de los materiales y de otras características esenciales, integración de criterios paisajísticos, etc.

Artículo 6. Requisitos para la presentación del dossier de candidatura.

1. Los requisitos para la presentación del dossier de candidatura son los siguientes:

a) Para la categoría A: Los planes y programas deberán estar aprobados conforme a lo establecido en legislación vigente de cada país o región, a fecha de 31 de diciembre de 2009.

b) Para la categoría B: Las obras deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2009.

c) Para la categoría C: Las actividades de sensibilización y formación deberán haberse realizado con posterioridad al 1 de enero de 2000, y haberse realizado con anterioridad a 31 de diciembre de 2009

d) Para la categoría D: Las obras propuestas deberán haber sido realizadas y/o hechas públicas con anterioridad a 31 de diciembre de 2009.

e) Para la categoría E: los proyectos e ideas presentadas a concursos o actuaciones no ejecutadas deberán de haber participado en algún concurso o convocatoria publicada con anterioridad a 31 de diciembre de 2009.

2. Todas las candidaturas deberán estar referidas al ámbito territorial de las respectivas regiones que participan en el proyecto PAYS.MED.URBAN.

3. Todas las candidaturas han de explicitar la contribución del proyecto a la igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 7. Datos y contenidos del dossier de candidatura.

1. El dossier de candidatura en relación a las distintas categorías deberá estar compuesto por los siguientes documentos:

Con carácter general para todas las categorías se presentará:

a) Carta de candidatura firmada por persona representante de la entidad o autor del proyecto, en la cual se deje constancia del cumplimiento de las disposiciones indicadas en el artículo 6 de la presente convocatoria.

b) Ficha Anexo II (máx. 2 folios).

Con carácter específico a cada categoría:

Categoría A: Planes y programas.

a) Informe del plan o programa (máximo 4 páginas en formato A4), que deberá contener:

- Referencias normativas sobre la base de las cuales el plan o programa ha sido redactado,

- objetivos esperados y alcanzados,

- metodología y procedimientos utilizados en la elaboración del plan o programa,

- actuaciones realizadas,

- estimación de los efectos positivos para el paisaje en aplicación de las estrategias promovidas por el plan.

b) Un máximo de 5 documentos gráficos, útiles para la comprensión del plan o programa.

c) Ficha compuesta por varias hojas en formato A3 que documente la estructura territorial y las características correspondientes del paisaje al que hace referencia el plan, mediante:

- Una descripción sintética del ámbito territorial,

- una fotografía general o panorámica que recoja los elementos principales de la estructura del paisaje,

- la representación (fotográfica) y descripción de las características estructurales que identifican a los paisajes desde el punto de vista natural, histórico-cultural, agrícola o urbano. Se trata de documentar aquellos elementos que definen la estructura de un determinado paisaje que lo hacen único y que no pueden encontrarse en otras situaciones,

- representación fotográfica definiendo la estructura del paisaje.

Categoría B: Obras realizadas:

a) Informe ilustrativo del proyecto (máximo 4 páginas en formato A4), que deberá contener:

- Una descripción sintética del ámbito de interés del proyecto con especial referencia a las características estructurales del paisaje desde el punto de vista natural, histórico-cultural, agrícola o urbano,

- descripción de los objetivos prefijados, de los criterios del proyecto y de las técnicas de construcción previstas con referencia a las características específicas estructurales del paisaje, y de los objetivos alcanzados respecto a aquellos prefijados.

b) Indicación del coste y financiación de las obras.

c) Reportaje fotográfico que muestren el proyecto en su integridad y los detalles más importantes (formato mín. 18 x 24 y con buena resolución).

d) Documentos gráficos como máximo, en formato A2, necesarios para la comprensión del proyecto.

Categoría C: Experiencias de sensibilización y formación.

a) Informe ilustrativo (máximo 4 páginas en formato A4) sobre la iniciativa, que contenga:

- Entidad que promueve la actividad y profesionales que hayan contribuido a la realización de la actividad,

- descripción de los contenidos didácticos, programación, medios o recursos empleados y metodología empleada. Incluir un programa de la actividad formativa,

- presupuesto,

- los sectores sociales a los cuales se dirige la iniciativa,

- las modalidades organizativas previstas,

- las iniciativas de difusión y de publicidad de las actividades,

- evaluación de los resultados obtenidos en el caso de una actividad ya finalizada,

- los resultados esperados en el caso de que se trate de una actividad en progreso.

b) Un máximo de seis fotografías de la zona.

c) Un máximo de cinco materiales gráficos como máximo, en formato A3, necesarios para documentar las características de la actividad realizada.

Categoría D: Actividades de comunicación.

El siguiente material documental:

- En el caso de documentales y películas, una copia del material en CD o DVD,

- en el caso de obras pictóricas, una copia fotográfica por cada obra realizada o catálogo en las que están incluidas,

- en el caso de reseñas fotográficas, será necesaria una copia de las fotos en formato, máx. 18 x 24 o catálogo en las que están incluidas,

- en el caso de instalaciones, se requiere el material en película (CD o DVD) o impreso (folletos) adecuado para documentar las características de la actividad realizada en su totalidad y su relación con el entorno.

Categoría E: Proyectos y Concursos de Ideas.

a) Informe ilustrativo del proyecto (máximo 4 páginas en formato A4), que deberá contener:

- Una descripción sintética del ámbito de interés del proyecto con especial referencia a las características estructurales del paisaje desde el punto de vista natural, histórico-cultural, agrícola o urbano,

- descripción de los objetivos prefijados, de los criterios del proyecto y de las técnicas de construcción previstas con referencia a las características específicas estructurales del paisaje, y de los objetivos prefijados.

b) Indicación del presupuesto.

c) Fotografías y documentos gráficos como máximo, en formato A3, necesarios para la comprensión del proyecto.

2. Los dossieres de candidatura se presentarán en formato papel y en formato digital (Cd o DVD).

Los textos serán en formato word o pdf, las fotografías en jpg o tiff y los planos en pdf.

3. Queda a discreción de quienes participen adjuntar al dossier de candidatura, documentación adicional que pueda considerarse necesaria para la valoración; por ejemplo: documentación fotográfica, diseños, folletos, etc. En este caso, toda la documentación adicional deberá contenerse exclusivamente en CD-Rom utilizando, para los documentos gráficos y los textos, el formato pdf, y para las fotos, el formato jpg.

En el caso de que lo consideren oportuno, los organismos encargados de la selección podrán solicitar otra documentación adicional.

4. Los gastos de la documentación y su envío serán a cargo de las candidaturas. Toda la documentación deberá estar libre de derechos para su utilización en la publicación del Catálogo de Buenas Prácticas para el Paisaje y para las iniciativas relacionadas con el Premio Mediterráneo del Paisaje, debiendo incluirse en las mismas los nombres de los autores o entidades. Para cualquier otra utilización se deberá solicitar autorización a las personas o entidades responsables de la candidatura.

5. Aquellas candidaturas que sean seleccionadas por el Comité de Selección Regional deberán cumplimentar en inglés la ficha que se adjunta en el Anexo II para su presentación al Comité Transnacional de Selección.

Artículo 8. Plazo y lugar para la presentación.

1. La presentación de candidaturas se iniciará al día siguiente de la publicación de la Orden en BOJA.

2. El último día del plazo para la presentación de las candidaturas será el 30 de junio de 2010; para ello, se tendrá en cuenta la fecha del envío postal.

3. Los candidatos deberán enviar su dossier en un sobre cerrado, especificando «PROGRAMA MED-Proyecto PAYS.MED.URBAN», a la dirección indicada en el artículo 2 de la Orden de convocatoria.

Artículo 9. Criterios de exclusión.

Serán criterios a tener en cuenta para la admisión o no de candidaturas:

1. Los dossieres que no cumplan los requisitos de admisión previstos en el artículo 6 de las presentes bases.

2. Los posibles errores en la elección de la categoría de presentación de la candidatura y/o campo temático no constituyen motivo de exclusión; en tal caso, será competencia del Comité Regional de Selección, atribuir la candidatura a la categoría y/o campos temáticos a la que pertenezca de acuerdo con las presentes Bases, tras conceder a la persona interesada el plazo de diez días para que alegue lo que entienda conveniente.

3. En el caso de que el dossier no contenga todos los documentos requeridos por cada una de las categorías, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Los dossieres presentados por entidades sancionadas por contravenir la legislación vigente en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 10. Criterios de valoración de las candidaturas.

1. La valoración de las candidaturas estará sometida a los siguientes criterios particulares:

a) Categorías A (Planes, programas), B (Obras realizadas) y E (Proyectos y Concursos de Ideas): Serán evaluadas en relación a la capacidad de contribuir a la mejora y a la valorización paisajística del lugar y de su percepción social, así como a la intención de expresar la voluntad consciente y manifiesta de participar en la evolución y en la organización de los paisajes a través de:

- Una interpretación correcta de las características paisajísticas del lugar;

- la demostración de la capacidad, a través de la actividad realizada, de generar relación y aprecio por el paisaje;

- la garantía de calidad en el desarrollo de la actividad;

- la demostración de los efectos positivos de los resultados en el lugar.

b) Categoría C: Serán evaluadas en relación con la capacidad para estimular a la ciudadanía a establecer una relación perceptiva del propio territorio, y contribuir al desarrollo de una conciencia colectiva sobre la responsabilidad en los procesos evolutivos del paisaje y sus valores, tal y como está previsto en el artículo 6 del Convenio Europeo del Paisaje.

c) Categoría D: Serán evaluadas en relación con la capacidad de contribuir a la difusión, al conocimiento y a la documentación de las características del paisaje mediterráneo, de su calidad y de sus tendencias evolutivas.

2. Serán criterios de selección comunes a todas las categorías:

- El fomento de un desarrollo territorial sostenible considerando el paisaje como un proceso dinámico.

- Ejemplaridad y replicabilidad de la metodología.

- La dimensión social, la proyección didáctica y la participación pública.

- La dimensión económica del paisaje: capacidad para el atractivo económico del territorio puesta en relieve de nuevas oportunidades de desarrollo.

- Integralidad de la actuación mediante incorporación de diferentes actuaciones (de conocimiento, de ordenación, de gestión, etc.) de cuya interacción puedan emerger nuevos elementos.

- Aplicación del Convenio Europeo del Paisaje.

- La contribución de la candidatura al avance en materia de igualdad de género.

Artículo 11. Proceso de selección de las candidaturas.

La selección de las candidaturas se llevará a cabo en tres fases:

1.ª Fase. Un Comité Regional de Selección, constituido en cada una de las regiones que participan en el proyecto PAYS.MED.URBAN, seleccionará las candidaturas relativas a su propio ámbito regional, en la que se deberá garantizar una representación equilibrada de hombres y mujeres, excluyendo aquellas consideradas no válidas, en base a los criterios establecidos en las presentes bases. Entre las candidaturas recibidas correctamente deberá seleccionar hasta un máximo de cinco candidaturas más dos de reserva independientemente del campo temático y categoría a la que se presenten, que serán elevadas al Comité Transnacional de Selección.

Cada Región se responsabiliza de su propia organización y de la elección de los Miembros que formarán parte del Comité Regional de Selección. No podrán formar parte del Comité aquellas personas que representen a cualquiera de los organismos que hayan presentado una candidatura, y su constitución deberá hacerse pública a través de la página web oficial del proyecto y la página web de las entidades socias del proyecto.

Los representantes de entidades socias del proyecto podrán estar presentes durante todo el proceso de selección, pero no tendrán derecho a voto.

2.ª Fase. Un Comité Transnacional de Selección, constituido por un técnico representante de cada una de las regiones que participan en el proyecto PAYS.MED.URBAN y que será aprobado por el Comité de Pilotaje, deberá evaluar y aprobar las candidaturas propuestas por los Comités Regionales como candidaturas válidas, posteriormente se seleccionarán, mediante sistema de votación, aquellas que posean los requisitos para participar en la tercera edición del Premio Mediterráneo del Paisaje (PMP).

Las candidaturas aceptadas por el Comité de Pilotaje serán incluidas en el Catálogo de Buenas Prácticas para el Paisaje, el cual será publicado y difundido como uno de los resultados del proyecto PAYS.MED.URBAN.

Las personas o entidades titulares de las candidaturas seleccionadas para la publicación del Catálogo, serán informadas mediante una comunicación escrita, en la cual se les requerirá la documentación pertinente.

3.ª Fase, Jurado Internacional. Se elevarán al Jurado Internacional las 5 candidaturas por categoría que hayan obtenido mayor puntuación en la votación del Comité Transnacional, en caso de empate no se repetirá la votación sino que se incluirán las candidaturas de igual puntuación.

El Jurado Internacional estará compuesto por cinco miembros, un representante de cada estado que participa en el proyecto (español, italiano, griego y portugués) y un quinto miembro en representación de la RECEP-ENELC o nombrado por esta red entre los miembros de UNISCAPE, CIVILSCAPE o el Comité Científico de la RECEP, con la condición de que la persona nombrada no podrá provenir de uno de los países que tienen personas o entidades socias en el proyecto.

La selección de los miembros del Jurado Internacional será responsabilidad del Comité de Pilotaje y podrán ser elegidos entre profesionales, profesorado universitario y en general representantes de la sociedad civil cuya labor haya contribuido significativamente a la comprensión de los fenómenos de transformación de los paisajes y a la difusión de la cultura paisajística como elemento clave de sostenibilidad y competitividad de las áreas urbanas mediterráneas.

Su composición se publicará en la página web del proyecto tras la selección de los miembros por el Comité de Pilotaje del proyecto PAYS.MED.URBAN.

El Jurado Internacional entregará un premio por cada categoría, además de las menciones especiales que considere oportunas en función de la calidad de las candidaturas presentadas.

Artículo 12. Proclamación de las candidaturas ganadores del Premio Mediterráneo del Paisaje.

Las personas o entidades responsables del dossier de candidatura que resulten ganadoras en cada categoría serán informadas mediante comunicación escrita por correo certificado.

La proclamación de las candidaturas ganadoras de la tercera edición del Premio Mediterráneo del Paisaje, será efectuada en Sevilla en el año 2011 durante el seminario de clausura del proyecto PAYS.MED.URBAN.

Las candidaturas ganadoras recibirán como reconocimiento una placa conmemorativa, y las menciones especiales un diploma.

Los resultados del Premio tendrán garantizada la máxima difusión a través de una publicación que será distribuida entre las regiones europeas socias del proyecto, la web del proyecto y la participación de la RECEP.

Artículo 13. Obligaciones de los candidatos.

1. La participación en la selección implica la aceptación de los contenidos de las presentes bases.

2. Las decisiones del Jurado y de los otros organismos encargados de la selección de las candidaturas serán inapelables.

3. Las personas o entidades responsables de las candidaturas seleccionadas se comprometen a presentar, corriendo con los gastos, toda la documentación necesaria para la publicación del Catálogo de Buenas Prácticas para el Paisaje. Se comprometen, además, a garantizar al Jurado Internacional la posibilidad de efectuar las inspecciones «in situ», las visitas y los encuentros que fueran necesarios en la fase de selección, ofreciendo también una oportuna asistencia técnica.

4. Correrán a cargo de las personas o entidades ganadoras de la 3ª edición del Premio Mediterráneo del Paisaje, todos los gastos de participación en la ceremonia de clausura de Sevilla.

Artículo 14. Publicidad y difusión.

Con el fin de favorecer la máxima difusión de la convocatoria entre las regiones participantes y alcanzar el mayor número posible candidaturas será obligatoria la publicación de la presente convocatoria en los boletines regionales oficiales, en las páginas web oficiales de cada socio y en la web oficial del proyecto www.paysmed.net. Asimismo, la convocatoria será objeto de publicación en la web de RECEP-ENELC.

En todas las actuaciones de publicidad y difusión relacionadas con la presente convocatoria, se tendrá en cuanta el cumplimiento del principio de no discriminación por razón de sexo, especialmente en lo que respecta al uso del lenguaje y las imágenes en ella.

Otros medios de comunicación como son notas de prensa, folletos, póster, cartas, etc., serán de carácter opcional.

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