Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 06/05/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de abril de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería (antiguo Mixto núm. Cinco), dimanante de procedimiento ordinario núm. 45/2008. (PD. 1106/2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 0401342C20080000105.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 45/2008. Negociado: TE.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba.

Procurador: Sr. Barón Carrillo, David.

Letrado: Sr. Requena Company, José María.

Contra: Don Juan Ramos Hernández.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el Procedimiento Ordinario 45/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Almería, a instancia de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, contra don Juan Ramos Hernández, sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 114/08

En Almería, a treinta de septiembre de dos mil ocho, el Ilmo. Sr. don Jesús Miguel Hernández Columna, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Tres de esta capital, ha visto los autos de Juicio Ordinario núm. 45/08, seguidos a instancia de la entidad Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representada por el Procurador Sr. Barón Carrillo y asistida del Letrado Sr. Requena Company, contra don Juan Ramos Hernández, en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad. Y

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por la entidad Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, representada por el Procurador Sr. Barón Carrillo, contra don Juan Ramos Hernández, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al demandado a pagar a la demandante el importe de cuatro mil doscientos noventa y ocho euros y setenta y cinco céntimos (4.298,75 €), cantidad respecto de la que el demandado tiene abonada la suma de tres mil cuarenta y cuatro euros y treinta y dos céntimos (3.044,32 €), siendo por ello el resto pendiente de abono de mil doscientos cincuenta y cuatro euros y cuarenta y tres céntimos (1.254,43 €) de principal, más los intereses moratorios pactados en la póliza, considerando la cantidad ya abonada, desde la fecha de requerimiento realizado con carácter previo a la presente demanda, con recepción en fecha 16.5.2007, y hasta su completo pago, con imposición de las costas al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Juan Ramos Hernández, en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Almería a nueve de abril de dos mil diez.- El/La Secretario.

Descargar PDF