Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 01/06/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 165/2011 de 17 de mayo, por el que por el que se acepta la cesión del uso gratuito a la Comunidad Autónoma de Andalucía por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social del local ubicado en la planta baja del inmueble sito en la C/ San Miguel, s/n, del término municipal de Guadix (Granada), para fines propios del Servicio Andaluz de Salud al que queda adscrito.

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Por Acuerdo de fecha 6 de julio de 2010, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a propuesta de la Tesorería General de la Seguridad Social, se ha cedido a la Comunidad Autónoma de Andalucía el uso gratuito de un local, con una superficie de 110 m², ubicado en la planta baja del inmueble ubicado en la calle San Miguel, s/n, de la localidad de Guadix (Granada), para fines propios del Servicio Andaluz de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la cesión del uso gratuito de la referida superficie para destinarlo a los profesionales de los equipos móviles de urgencias y emergencias.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 17 de mayo de 2011,

ACUERDA

Primero. Aceptar la cesión de uso acordada por la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de una superficie de 110 m² de la planta baja del inmueble ubicado en la calle San Miguel, s/n, de la localidad de Guadix (Granada), para fines propios del Servicio Andaluz de Salud.

La referida superficie forma parte de la siguiente finca registral:

1. Urbana: Edificio en término municipal de Guadix, en el pago de los Huertos, en la carretera de Almería, sin número, con vuelta a la calle de San Miguel. Se compone de planta semisótano destinada a servicio de calefacción y producción de agua caliente y electricidad, con superficie construida de ciento setenta y dos metros cuarenta y cuatro decímetros cuadrados; planta baja que mide de superficie edificada seiscientos veinte metros y veinte decímetros cuadrados y está destinada a Acequia del Instituto Nacional de Previsión Ambulatoria y vivienda del conserje; plantas primera, segunda, tercera y cuarta, con superficie edificada, respectiva de cuatrocientos diez metros, treinta decímetros cuadrados, la primera y segunda, trescientos quince metros, noventa decímetros cuadrados, la tercera ciento veinticinco metros, la cuarta noventa y dos decímetros cuadrados, con destino todas ellas a Ambulatorio y servicios; y planta quinta dedicada a depósito reserva de agua con superficie edificada de trece metros, treinta y cuatro decímetros cuadrados. El solar total de la finca mide mil quinientos metros cuadrados. La estructura del edificio es metálica, forjados de perfiles metálicos doble T, con rasillado fábrica de ladrillo, en cierre de fachadas, chapados de cantareria en zócalos, enfoscado y revoco, carpintería de aluminio en fachadas y patio, cubierta de teja curva, sobre forjado de resilla con tabiquillos, solado de mármol, en vestíbulo y escalera, gres en consultas y aseos y terrazo en espera y circulaciones, hidráulico en vivienda del Conserje, almacenes, servicios y calefacción. Linda: al Norte, la carretera de Granada a Almería, en línea de cincuenta metros; izquierda, al Este, la calle de San Miguel, en línea de treinta metros; fondo o espalda, al Sur, la finca de donde se segregó el solar, de los señores de Olivencia Perez y Medialdea Olivencia, en línea de cincuenta metros; derecha entrando, al Oeste, calle de nueva apertura en línea de treinta metros.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Guadix, al tomo 1367, libro 247, folio 53, inscripción 2.ª, finca núm.13.602.

Forma parte de las referencias catastrales:

7887001VG8278B0001UE y 7887001VG8278B0002IR.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la cesión gratuita del uso objeto de este Decreto se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo regulado por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las cesiones de uso de la parte del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscriben al Servicio Andaluz de Salud para fines propios del mismo.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 17 de mayo de 2011

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

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