Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 03/06/2011

5. Anuncios5.1. Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 18 de abril de 2011, de la Secretaría General del Medio Rural y la Producción Ecológica, por la que se acuerda la adjudicación de la parcela núm. 20 correspondiente a la finca Cañada del Galgo, situada en el sector 14 Norte de la Zona Regable del Chanza (Huelva).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Por Resolución de la Presidencia del IARA de fecha 20 de diciembre de 2010, se acordó el inicio del procedimiento de enajenación por subasta pública de las parcelas 19 y 20 del proyecto de Parcelación de las fincas situadas en el sector 14 Norte y los lotes 3, 10 y 12 definidos para el Concurso de adjudicación de 20 explotaciones familiares situados en el sector 16 Norte de la Zona Regable del Chanza.

En la precitada Resolución, en la que se incluye la descripción de las parcelas a enajenar, se aprobó la valoración y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habría de regir la adjudicación en pública subasta de las mismas.

Por Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en Huelva, de 23 de diciembre de 2010, se anunció la subasta pública en el BOJA núm. 26, de 7 de febrero de 2011.

En la fase de tramitación del procedimiento, y una vez constituida la mesa de contratación, según lo previsto en el art. 7.1.a) del Decreto 192/1998, de 6 de octubre, por el que se regula el régimen de disposición de bienes del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, se han celebrado tres sesiones de la misma con los siguientes acuerdos:

1. 15 de marzo de 2011. Apertura de los sobres A «deposito previo» y B «documentación general», y declaración de la documentación a subsanar.

2. 24 de marzo de 2011, 9,30 h. Examen y análisis de la documentación subsanada y admisión de licitaciones.

3. 24 de marzo de 2011, 10,00 h. Acto público de apertura de los sobres C «proposición económica», como resultado de las mismas, y aplicados los coeficientes correctores a los titulares de las explotaciones prioritarias establecidos en el artículo 7.1.b) del Decreto 192/1998, se propone la adjudicación provisional de las parcelas a los siguientes licitadores:

- Lote 3: José Gabriel Morales Díaz, por ciento treinta mil cincuenta y cinco euros (130.055 €).

- Lote 12: Josefa B. Camacho Márquez, M.ª Isabel Camacho Márquez y Rafael Camacho Márquez, por ciento doce mil setecientos euros (112.700 €).

- Parcela 19: Productora Corchito, S.L., por doscientos mil dos euros (200.002 €).

- Parcela 20: Productora Corchito, S.L., por doscientos cincuenta mil quinientos dos euros (250.502 €).

- Lote 10: Desierto.

Por la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en Huelva, con fecha 25 de marzo de 2011, se ha elevado propuesta de adjudicación de las parcelas 19 y 20 y los Lotes 3 y 12 a los licitadores indicados en el punto anterior, declarándose desierta la primera subasta del Lote 10.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La titular de la Consejería de Agricultura y Pesca tiene competencia para dictar Resolución del procedimiento de enajenación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, y ello en relación con el art. 8 de la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria, y en el art. 13 del Decreto 172/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca.

La Secretaría General del Medio Rural y la Producción Ecológica tiene delegada esta competencia por Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 27 de diciembre de 2010 (BOJA núm. 2, de 4 de enero de 2011), por la que se delegan competencias en materia de dinamización del patrimonio agrario y reforma agraria, previstas en el Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio.

La disposición adicional sexta de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, así como el art. 3 del Decreto 192/1998, de 6 de octubre, por el que se regula el régimen de disposición de bienes del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, permiten la enajenación de tierras, viviendas y derechos del IARA que no son objeto de concesión administrativa o cualquier otra forma de asignación prevista en la normativa específica, a favor de entidades públicas, así como a personas físicas y jurídicas de carácter privado mediante subasta, y, excepcionalmente, en los supuestos del apdo. 2 del art. 7, de forma directa.

El artículo 35 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, prevé la enajenación a personas físicas y jurídicas de carácter privado de los bienes propiedad del extinto IARA no ocupados por terceras personas conforme al procedimiento establecido en el Decreto 192/1998, de 6 de octubre, permitiendo que los bienes enajenados puedan ser destinados tanto a fines agrarios, como a aquellos fines y usos compatibles que permitan la modernización y mejora del medio rural y las condiciones de vida de la población, así como aquellos fines que favorezcan el empleo en el medio rural.

La titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en Huelva se encuentra facultada para otorgar escritura pública de transmisión de la propiedad a que pudiera dar lugar la presente Resolución, según establece la Orden de 23 de febrero de 2011 (BOJA núm. 42 de 2 de marzo de 2011), por la que se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales la competencia para el otorgamiento de las escrituras públicas en materia de dinamización del patrimonio agrario y reforma agraria.

En su virtud, y en base a la propuesta que consta en el expediente,

RESUELVO

Primero. Adjudicar la parcela 20 del proyecto de Parcelación de las fincas situadas en el sector 14 Norte de la Zona Regable del Chanza, cuya descripción figura en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado por Resolución de 20 de diciembre de 2010, a Productora Corchito, S.L., por doscientos cincuenta mil quinientos dos euros (250.502 €).

No podrá procederse al otorgamiento de la correspondiente escritura pública de transmisión de la propiedad, hasta tanto los adquirientes no hayan abonado el total de la citada cantidad, así como el correspondiente importe del anuncio de la subasta en el BOJA. Siendo por cuenta de los adjudicatarios todas las tasas, impuestos y gastos de formalización de las escrituras públicas de transmisión de la propiedad y de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados en legal forma con indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Sevilla, 18 de abril de 2011.- La Secretaría General, María Isabel Salinas García.

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