Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 21/06/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 1 de junio de 2011, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de Vélez-Blanco (Almería).

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 5 de mayo de 2011, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Blanco (Almería) la inscripción de su escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, según el cual las Entidades Locales que ostentaran símbolos en virtud de uso o costumbre accederán al mencionado Registro supliendo la certificación establecida en el artículo 17.1 mediante estudio histórico justificativo, certificación de su vigencia, así como informe negativo de los extremos previstos en el artículo 13.

Emitido en sentido favorable el mencionado informe, se procede a la descripción del escudo:

En campo de oro tres rocas de su color, puestas en faja, sobre ondas de azur y plata, sumada cada roca de una rama de ortiga con siete hojas de sinople. Sobre todo corona de Marqués de oro y rodeado de lambrequines.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo del municipio de Vélez-Blanco (Almería) en el Registro Andaluz de Entidades Locales, con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de junio de 2011.- El Director General, Antonio Ramírez Ortega.

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