Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 29/06/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de mayo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1539/2010. (PP. 1766/2011).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20100030617.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1539/2010. Negociado: 09.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga.

Juicio: Procedimiento Ordinario 1539/2010.

Parte demandante: FCE Bank PLC, Sucursal en España.

Parte demandada: Juan Manuel Baeza Manzano.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto en extractos es el siguiente:

SENTENCIA núm. 138/11

En Málaga, a dieciocho de mayo de dos mil once.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 1539/2010, y seguido entre partes de una y como demandante la entidad mercantil FCE Bank PLC, Sucursal en España, con domicilio social en Alcobendas (Madrid), calle Caléndula, 13, Edificio Miniparc IV, provista del CIF núm. W-0063712-D, representada por el Procurador don Miguel Ángel Rueda García y asistida por el Letrado don Rafael Durán Muiños, y de otra y como demandado don Juan Manuel Baeza Manzano, provisto del DNI núm. 28.921.982-B, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por la entidad mercantil FCE Bank PLC, Sucursal en España, representada por el Procurador don Miguel Ángel Rueda García, contra don Juan Manuel Baeza Manzano, en rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que abone a la actora la suma de catorce mil trescientos ochenta y dos euros cincuenta y un céntimos (14.382,51 euros), así como al pago de los intereses de dicha cantidad, desde el día 24 de septiembre de 2009, fecha de la última liquidación practicada, hasta el momento del completo pago de la suma reclamada, calculados al tipo de interés del 10%. Ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4156, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, he acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia al demandado rebelde don Juan Manuel Baeza Manzano.

En Málaga, a diecinueve de mayo de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF