Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 13/07/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Acuerdo de 28 de junio de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a los siguientes establecimientos: Abengoa Bioenergía, S.A., en San Roque (Cádiz); CEPSA Gas Licuado Linares, en Linares (Jaén); Elaboración de Colorantes (Eldeco), S.A., en Minas de Riotinto (Huelva); Solnova Electricidad, S.A. (Solnova 1, Solnova 2 y Solnova 3), en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); y CEPSA Gas Licuado, Brenntag Química, S.A., Pastor Abonos, S.L., y Sevitrade, S.L., en el polígono industrial La Isla, Dos Hermanas (Sevilla).

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Las sociedades caracterizadas por un alto grado de desarrollo han de convivir con determinados niveles de riesgos como consecuencia, entre otros factores, de las necesidades de producción, almacenaje y distribución de sustancias peligrosas aunque esenciales en actividades tales como el transporte o la fabricación de determinados bienes y servicios.

Es el caso de Andalucía, donde la tendencia al incremento en el consumo de determinados bienes y servicios se superpone a una creciente formación y toma de conciencia de la población frente a aquellos riesgos susceptibles de afectarle.

A tal fin, las Administraciones Públicas, en tanto garantes de la vida e integridad física de las personas, los bienes y el medio ambiente, han venido articulando procedimientos de respuesta en sus respectivos ámbitos de competencia.

Así el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y el Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, que establece la directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

Por otro lado, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, en su artículo 10 recoge la tipología de los planes de emergencia, entre los que se encuentra los planes especiales definidos como aquellos que son elaborados para hacer frente a las emergencias producidas por riesgos para los que la normativa emanada de la Administración General del Estado establezcan su regulación a través de la correspondiente directriz básica de planificación relativa a cada tipo de riesgo, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 apartado 1 de la citada Ley.

Por su parte, el artículo 13 apartado 4 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, dispone que los planes especiales de emergencia serán elaborados por la Consejería competente en materia de protección civil y aprobados por el Consejo de Gobierno siendo preceptiva su homologación por la Comisión Nacional de Protección Civil, a tenor de lo establecido en el artículo 11 párrafo segundo de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil.

Finalmente, se ha previsto la derogación de determinados planes de emergencia ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, al quedar excluidos del ámbito de aplicación de la normativa vigente como consecuencia de cambios en los procesos de producción, reestructuración de establecimientos u otras circunstancias.

Corresponde a la Consejería de Gobernación y Justicia el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de la política del Consejo de Gobierno en materia de emergencia y protección civil y la elaboración, desarrollo y ejecución, en su caso, de disposiciones y planes de emergencia y protección civil según lo dispuesto en el Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece su estructura orgánica.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y Justicia, previo informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Andalucía, habiendo sido homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de junio de 2011,

ACUERDA

Primero. Aprobación.

Se aprueban los Planes de Emergencia Exterior ante el Riesgo de Accidentes en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a los siguientes establecimientos:

- Abengoa Bioenergía, S.A., en San Roque (Cádiz).

- Cepsa Gas Licuado Linares, en Linares (Jaén).

- Elaboración de Colorantes (Eldeco), S.A., en Minas de Riotinto (Huelva).

- Solnova Electricidad, S.A., (Solnova 1, Solnova 2 y Solnova 3), en Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

- Cepsa Gas Licuado, en el Polígono Industrial La Isla, Dos Hermanas (Sevilla).

- Brenntag Química, S.A., en el Polígono Industrial La Isla, Dos Hermanas (Sevilla).

- Pastor Abonos, S.L., en el Polígono Industrial La Isla, Dos Hermanas (Sevilla).

- Sevitrade, S.L., en el Polígono Industrial La Isla, Dos Hermanas (Sevilla).

Segundo. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Gobernación y Justicia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Derogación.

Quedan derogados los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a los siguientes establecimientos: ENCE, en el Polígono Industrial Tartessos (Huelva), aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de mayo de 2008; Cepsa Elf Gas, en Linares (Jaén); Polígono Industrial La Isla, en Dos Hermanas (Sevilla), aprobados mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2007; y Bioenergía Santamaría, S.L., en Lucena (Córdoba) y Polígono Industrial La Isla II, en Dos Hermanas (Sevilla), aprobados por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2009.

Cuarto. Entrada en vigor.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de junio de 2011

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

FRANCISCO MENACHO VILLALBA

Consejero de Gobernación y Justicia

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