Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 07/11/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 29 de agosto de 2011, por la que se concede autorización para su apertura y funcionamiento al centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus» de Almonte (Huelva). (PP. 3279/2011).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez, como representante del Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., por el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus», con domicilio en Avda. de la Juventud, s/n (Centro de Congresos y Exposiciones CIECEMA) de Almonte (Huelva), para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de grados medio y superior de Técnicos deportivos de fútbol, fútbol sala, baloncesto y balonmano.

Resultando que el Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., ha firmado un convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Almonte (Huelva), según el cual este pone a disposición del centro sus instalaciones y que en el expediente de autorización ha recaído informe favorable del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Huelva.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo (BOE de 29 de marzo), por el que se establecen los títulos de Técnico deportivo y Técnico deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Real Decreto 234/2005, de 4 de marzo (BOE del 26), por el que se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en Baloncesto, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas; el Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo (BOE del 23), por el que se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior en Balonmano, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Primero. Autorizar la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Al-Ándalus», con código 21006956, cuya entidad titular es el Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., y domicilio en Avda. de la Juventud, s/n (Centro de Congresos y Exposiciones CIECEMA) de Almonte (Huelva), para impartir las siguientes enseñanzas:

a) Enseñanzas de grado medio conducentes a la obtención del título de técnico deportivo en:

- Fútbol: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Fútbol sala: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Baloncesto: 2 grupos y 70 puestos escolares.

- Balonmano: 2 grupos y 70 puestos escolares.

b) Enseñanzas de grado superior conducentes a la obtención del título de técnico deportivo superior en:

- Fútbol: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Fútbol sala: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Baloncesto: 1 grupo y 35 puestos escolares.

- Balonmano: 1 grupo y 35 puestos escolares.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. El Centro, a efectos administrativos, queda adscrito al Instituto de educación secundaria IES Doñana, código 21700654 de Almonte.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de agosto de 2011

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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