Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 15/12/2011

2. Autoridades y personal2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 18 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna) que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo, en el ámbito de Andalucía.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 18 de noviembre de 2011, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero. Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la Delegación del Gobierno de la Consejería de Gobernación y Justicia correspondiente, dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 29 del citado Real Decreto.

Segundo. Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero comuniquen, en su caso, a la Delegación del Gobierno correspondiente dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida a esta Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación y al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Tercero. En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Delegación del Gobierno, Gerencia o Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo.

Copia del Acta de toma de posesión será remitida por la Delegación del Gobierno de la Consejería de Gobernación y Justicia al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Cuarto. Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Orden.

Quinto. Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto. Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Séptimo. Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 11 de octubre de 2011, no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, mantienen su condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa del turno libre.

Octavo. Importante: con el fin de poder anunciar a la mayor rapidez las plazas para los aspirantes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, aquellos funcionarios que han obtenido destino a través de la presente Resolución, y que tengan la intención de solicitar la excedencia voluntaria en el Cuerpo de destino, deberán enviar al día siguiente de la publicación de esta Resolución, a través del fax 955 031 953, a la atención del Servicio de Gestión de RR.HH. de la Administración de Justicia, o escaneado al correo electrónico concepcion.sequera@juntadeandalucia.es, la expresión de su deseo de permanecer en el Cuerpo de origen, según el modelo que está colgado en el Portal Adriano de la Consejería de Gobernación y Justicia como Anexo II. En caso de no poder enviarlo dicho día, se remitirá a la mayor urgencia posible.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente de la Consejería de Gobernación y Justicia, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 18 de noviembre de 2011.- La Directora General, Ana Moniz Sánchez.

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