Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 29/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 15 de marzo de 2011, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se aprueba el Plan General de Inspección del Deporte para el año 2011.

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La Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, establece en su Título II, Capítulo I, que corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía la competencia en relación a la Inspección en materia deportiva.

El artículo 62.1 de la citada Ley señala que le corresponde a la Consejería competente en materia de deporte la potestad inspectora sobre el cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en la Ley del Deporte, en sus normas de desarrollo y en los planes aprobados en aplicación de las mismas.

Por su parte, el Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, de Régimen sancionador y disciplinario deportivo, desarrolla este mandato legal, regulando las funciones y actuaciones de inspección que consistirán en la vigilancia y control del cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en la Ley del Deporte de Andalucía y en sus normas de desarrollo.

Este desarrollo reglamentario le atribuye a la actuación inspectora una función de información y asesoramiento de las entidades sometidas a inspección y otra de comprobación y control. En tal sentido se establece la planificación inspectora mediante los correspondientes Planes de Inspección, como garante de la efectiva aplicación de las políticas sustantivas en materia de deporte.

El 31 de marzo de 2009 se dictó Resolución de la Secretaría General para el Deporte, se aprobó el Plan General de Inspección del Deporte para el perÍodo 2009-2010. Siguiendo con esta línea de planificación, aplicada a la función inspectora, conforme a criterios de eficacia y eficiencia, se elabora el Plan General de Inspección para el año 2011, dotando a las actuaciones inspectoras de cierta estabilidad temporal y unidad de criterios, intentando así conseguir un óptimo de eficacia del sistema.

La técnica de la planificación aplicada a la función inspectora permite objetivar su ejercicio, introduciendo un mayor componente reglado en el ejercicio de las potestades que le son inherentes; asimismo, la planificación permite el seguimiento de los resultados de las labores de inspección, como elemento de control al mismo tiempo que garante de la efectiva aplicación de las políticas sustantivas en materia de Deporte.

Al igual que el Plan de Inspección 2009-2010, el presente Plan General de Inspección se articula en torno a unos objetivos generales que fundamentan y dan sentido a las distintas líneas básicas de actuación y a los programas específicos que se van a desarrollar, y supone una continuación en la línea de trabajo, que en materia de inspección deportiva ha emprendido la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Los objetivos generales marcados en este nuevo Plan son consecuencia de la evaluación de las acciones establecidas, desarrolladas y ejecutadas en el Plan General de Inspección para el perÍodo 2009-2010, reconduciendo la planificación del 2011 hacia aquellos sectores o actividades que han resultado, conforme al Plan anterior, susceptibles de continuar incidiendo en ellos.

En consecuencia, siguiendo con la línea inspectora iniciada en el Plan General de Inspección 2009-2010 y teniendo en cuenta las propuestas y necesidades planteadas por Direcciones Generales de los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, el Instituto Andaluz de Deporte, el Centro Andaluz de Medicina Deportiva y Delegaciones Provinciales, se ha elaborado el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2011, que se configura en la presente Resolución, todo ello, con independencia de aquellas situaciones especiales o sobrevenidas que necesiten actuaciones concretas distintas de las contempladas en este instrumento de programación.

El Plan General de Inspección se configura como el marco básico de la actuación inspectora de la Junta de Andalucía para el año 2011 en materia de Deporte.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 6 del Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte,

RESUELVO

Primero. Aprobar el Plan General de Inspección del Deporte en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tendrá vigencia para el año 2011.

Segundo. El Plan General de Inspección contendrá los objetivos y actuaciones que se especifican en el Anexo a la presente Resolución, para cada uno de los programas que en el mismo se detallan.

Tercero. La ejecución material de las inspecciones se llevarán a cabo por los funcionarios inspectores de deportes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Cuarto. La inspección de deporte, como estructura orgánica especializada que asiste para el mejor desarrollo de las competencias propias de la Junta de Andalucía en materia de Deporte, requiere de una labor de formación continuada en relación a las materias de su competencia, dada la diferente naturaleza de aquellas.

Quinto. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, además de realizar la actividad inspectora, facilitarán a la Secretaría General para el Deporte la documentación que para cada tipo de inspección se determine, así como información acerca de los resultados y actuaciones que de las mismas se hayan derivado, de acuerdo con los programas y la sistemática que se establezcan.

Sexto. Las funciones correspondientes a la coordinación, seguimiento y evaluación de las tareas de inspección que se deriven de este Plan General de Deporte se ejercerán por la Secretaría General para el Deporte.

Sevilla, 15 de marzo de 2011.- El Secretario General, Manuel Jiménez Barrios.

ANEXO

1. Objetivos.

1.1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia deportiva, referidas a instalaciones, actividades, titulaciones y formaciones deportivas.

1.2. Controlar la gestión de subvenciones y ayudas otorgadas en materia de deporte.

1.3. Comprobar las reclamaciones y denuncias sobre presuntas infracciones o irregularidades a la legislación deportiva.

1.4. Asesorar e informar a las personas responsables de las entidades, servicios y centros, del ejercicio de sus derechos y del cumplimiento de sus obligaciones.

2. Líneas de actuación.

Comprenden acciones de supervisión, control, verificación y seguimiento, en su caso, de:

2.1. Concesión de Subvenciones en materia de deporte.

2.2. Registro Andaluz de Entidades deportivas.

2.3. Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

2.4. Requisitos legales establecidos de los centros de formación de enseñanzas náuticas

2.5. Cursos de formación de técnicos deportivos autorizados a federaciones deportivas

2.6. Licencias expedidas por las federaciones deportivas

2.7. Celebraciones de actividades, competiciones y eventos deportivos

2.8. Servicios sanitarios de los diferentes centros deportivos de Andalucía

3. Programas.

Estas Líneas de actuación se desarrollaran en 12 programas de inspección en materia de deporte, que se realizarán durante el año 2011. Estos programas son:

3.1. Subvenciones en materia deportiva: infraestructura y equipamientos deportivos.

3.2. Seguimiento en el cumplimiento de convenios de instalaciones deportivas.

3.3. Inventario Andaluz de instalaciones deportivas.

3.4. Actividad de las entidades deportivas inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (READ).

3.5. Centros de formación de enseñanzas náuticas- deportivas.

3.6. Realización de prácticas básicas de seguridad y navegación impartidas por los centros de enseñanzas náuticas- deportivas.

3.7. Realización de prácticas de radiocomunicación.

3.8. Licencias expedidas por federaciones deportivas.

3.9. Programa andaluz de Tecnificación del Entrenamiento de Deportistas en Edad Escolar.

3.10. Campeonato de Andalucía de Deporte de Base (CADEBA).

3.11. Cursos de formación deportiva autorizados a federaciones deportivas.

3.12. Servicios sanitarios en los diferentes centros deportivos de Andalucía.

PROGRAMAS

3.1. Subvenciones en materia deportiva.

3.1.1. Objetivo: Verificación del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la concesión de la subvención en materia deportiva, según lo establecido en la normativa reguladora.

3.1.2. Actuaciones inspectoras. Se realizarán durante el año 2011 la comprobación y supervisión de la ejecución de las subvenciones en materia de Deporte de obras y equipamiento en instalaciones deportivas.

3.1.3. Ámbito de actuación: Las actuaciones serán realizadas por la inspección deportiva de cada una de las ocho Delegaciones Provinciales, en relación a las subvenciones concedidas en las modalidad de infraestructura y equipamiento deportivo.

3.2. Seguimiento en el cumplimiento de convenios de instalaciones deportivas.

3.2.1. Objetivo: Comprobación en las instalaciones deportivas sujetas a convenio, del estado de conservación, mantenimiento y uso o destino deportivo de conformidad con los compromisos que establezca el Convenio en vigor.

3.2.2. Actuaciones inspectoras: Se realizarán visitas inspectoras a las instalaciones deportivas terminadas y recepcionadas en los últimos cinco años, y que han sido receptoras de alguna subvención. Se comprobarán que se dedican a los fines para los que fueron concedidas, así como el grado de conservación y mantenimiento de las mismas.

3.2.3. Ámbito de aplicación. Las actuaciones se desarrollarán en las provincias andaluzas donde en los últimos cinco años se hayan finalizado y recepcionado obras de infraestructura deportiva realizadas a través de la concesión de una subvención materia de Instalaciones deportivas.

3.3. Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

3.3.1. Objetivo: Realización de un muestreo para comprobar el grado de cumplimiento y actualización del Inventario Andaluz de Instalaciones Deportivas.

3.3.2. Actuaciones inspectoras: Se comprobaran que las instalaciones deportivas estén inscritas en el Registro de Instalaciones Deportivas y que los datos inscritos cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en la norma reguladora.

3.3.3. Ámbito de aplicación: Se aplicará este programa de inspección en aquellas provincias donde se realicen otras inspecciones en Instalaciones deportivas.

3.4. Actividad de las entidades deportivas inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (READ).

3.4.1. Objetivo: Se trata de efectuar un ajuste a la realidad existente, del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, efectuando una revisión de las entidades deportivas que figuran inscritas, con el fin de detectar el posible cese de actividad, así como la actualización de los datos necesarios para su localización.

3.4.2. Actuaciones inspectoras: Se realizarán durante el año 2011 visitas de inspección en las sedes sociales de las entidades deportivas inscritas en el RAED con una antigüedad superior o igual a 10 años.

3.4.3. Ámbito de actuación. Las actuaciones se realizarán sobre los clubes y entidades deportivas inscritos en el RAED, en las ocho provincias de la Comunidad Autónoma Andaluza.

3.5. Centros de formación de enseñanzas náuticas-deportivas.

3.5.1. Objetivo: Verificar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para el desarrollo de actividades de los centros de formación de enseñanzas náuticas-deportivas y comprobar que se efectúa conforme a la normativa que las regula.

3.5.2. Actuaciones inspectoras: Se realizarán actuaciones inspectoras de los centros de formación de enseñanzas náuticas conforme a los requisitos y condiciones exigidos en la normativa vigente.

3.5.3. Ámbito de aplicación: Se realizarán actuaciones inspectoras en aquellas provincias que dispongan de centros de formación de enseñanzas náutica-deportiva.

3.6. Realización de prácticas básicas de seguridad y navegación impartidas por los centros de formación de enseñanzas náuticas-deportivas

3.6.1. Objetivo: Verificar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la normativa vigente.

3.6.2. Actuaciones inspectoras: Se realizarán actuaciones inspectoras de prácticas náuticas en cursos que se imparten por centros de formación de enseñanzas náutica homologados, para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa vigente.

3.6.3. Ámbito de aplicación: Se realizarán inspecciones en aquellas provincias donde se realicen las prácticas básicas de seguridad y navegación impartidas por los centros de formación de enseñanzas náuticas- deportivas.

3.7. Realización de prácticas de radiocomunicación.

3.7.1. Objetivo: Comprobar que las prácticas de radiocomunicación se ajusta a lo establecido en la nueva normativa de materia náutica-deportiva.

3.7.2. Actuaciones inspectoras: Comprobación de la realización de las prácticas de radiocomunicación, la homologación del aparato simulador, la titulación del instructor y demás requisitos exigidos en la normativa vigente.

3.7.3. Ámbito de aplicación: Se realizarán inspecciones en aquellas provincias donde se realicen las prácticas de radiocomunicación.

3.8. Licencias expedidas por las federaciones deportivas

3.8.1. Objetivo: Comprobar de las licencias deportivas expedidas por las federaciones deportivas.

3.8.2. Actuaciones inspectoras: Las actuaciones irán dirigidas a comprobar, por parte de la inspección, que la emisión de las licencias federativas se ajusta a la normativa de aplicación y a los estatutos federativos.

3.8.3. Ámbito de aplicación: Las actuaciones inspectoras se realizarán por aquellas Delegaciones Provinciales donde se encuentren ubicadas las sedes sociales de las federaciones deportivas.

3.9. Programa Andaluz de Tecnificación del Entrenamiento de Deportistas en Edad Escolar (PATEDE).

3.9.1. Objetivo: Comprobar las actividades destinadas a la formación y perfeccionamiento de talentos deportivos para la consecución de resultados destacables en el rendimiento base.

3.9.2. Actuaciones inspectoras: La actividad inspectora irá dirigida a comprobar y controlar las concentraciones realizadas para la formación y perfeccionamiento de los deportistas más destacados en edad escolar.

3.9.3. Ámbito de aplicación: Las inspecciones serán ejecutadas por aquellas Delegaciones Provinciales donde se realicen las concentraciones deportivas de las distintas selecciones andaluzas de categoría base.

3.10. Campeonato de Andalucía de Deporte Base (CADEBA).

3.10.1. Objetivo: Comprobar y controlar la participación en competiciones oficiales, ya sea en la fase provincial como fase final de los Campeonatos de Andalucía de Deporte Base.

3.10.2. Actuaciones inspectoras: Estarán dirigidas a la comprobación y control de la participación tanto de los deportistas como de los equipos.

3.10.3. Ámbito de aplicación. Las inspecciones se realizarán por inspectores de aquellas Delegaciones Provinciales donde se realicen tanto las fases finales como las provinciales de los CADEBA.

3.11. Cursos de formación deportiva autorizados a federaciones deportivas.

3.11.1. Objetivo: Se trata de realizar un seguimiento y control sobre la realización por parte de las Federaciones Deportivas de los cursos de técnicos deportivos del período transitorio.

3.11.2. Actuaciones inspectoras: Se realizarán inspecciones de los cursos convocados por las federaciones deportivas que han sido autorizados por la Secretaría General para el Deporte durante el año 2011.

3.11.3. Ámbito de aplicación: Las actuaciones inspectoras se realizarán en aquellas provincias de la Comunidad Autónoma donde se impartan cursos de formación.

3.12. Comprobación de los Servicios de Seguridad y Salud en los diferentes centros e instalaciones deportivas de Andalucía.

3.12.1. Objetivo: Recabar información del los servicios sanitarios con los que cuentan los distintos centros e instalaciones deportivas de Andalucía a fin de poder realizar un inventario de estos servicios tanto a nivel de dotación de personal como de equipamiento e infraestructuras.

3.12.2. Actuaciones Inspectoras: Se realizara inspecciones en los distintos centros e instalaciones deportivas de Andalucía a fin de comprobar la dotación y equipamiento de estos a nivel sanitario.

3.12.3. Ámbito de aplicación: Las actuaciones inspectoras se llevarán a cabo en los centros e instalaciones deportivas de las ocho provincias andaluzas.

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