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VP @4103-07.
Visto el expediente administrativo de desafectación parcial y modificación de trazado de la vía pecuaria «Vereda de Cómpeta», en el tramo comprendido entre las estaquillas 25 a 27, en el término municipal de Frigiliana, en la provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Frigiliana, fue clasificada por Orden Ministerial de 12 de enero de 1971, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 11 de febrero de 1971, y en Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 19 de febrero de 1971, con una anchura legal de 20,89 metros lineales.
Segundo. Fue deslindada por Resolución de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 25 de enero de 2006 y publicada en el BOJA de 23 de febrero de 2006 y amojonada por Resolución de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Málaga, de fecha 2 de agosto de 2006.
Tercero. La Modificación de Trazado se instruye a instancia de don Pablo Rojo Platero, en nombre propio, y está motivada por la existencia de edificaciones no recientes que afectan al dominio público pecuario. El trazado propuesto por don Pablo Rojo Platero, propietario de las parcelas catastrales 22 y 23 del polígono 7, supone el desplazamiento de la vía pecuaria unos pocos metros a la derecha, a la altura de las estaquillas 25, 26 y parte de la 27, según los planos del expediente de deslinde. Con dicho desplazamiento, la vía pecuaria mantendrá expedita todo su extensión, en el tramo que nos ocupa.
Cuarto. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 15 de diciembre de 2010, se acordó el inicio del procedimiento de desafectación parcial y modificación de trazado de la vía pecuaria «Vereda de Cómpeta», en el tramo comprendido entre las estaquillas 25 a 27, en el término municipal de Frigiliana, en la provincia de Málaga.
Quinto. Redactada la Propuesta de Desafectación parcial y Modificación de Trazado, esta fue sometida a exposición, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, número 154, de fecha 11 de agosto de 2010.
Tal anuncio fue debidamente notificado al Ayuntamiento de Frigiliana, y demás organismos previstos en la Ley 3/95 y en el Decreto 155/98, así como a las organizaciones y colectivos con intereses implicados y particulares afectados y/o interesados.
Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 26 de noviembre de 2010.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana la resolución del presente Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado, en virtud de lo preceptuado en el artículo 41.5.º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 139/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.
Tercero. En el período de instrucción del procedimiento administrativo, no se han presentado alegaciones.
Considerando que del examen del expediente se desprende que de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 13 de la Ley de Vías Pecuarias, como en el artículo 32 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía quedan garantizados la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquél, quedando justificada la conveniencia de efectuar la modificación parcial del trazado, y que en su tramitación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido,
Vista la propuesta favorable a la desafectación parcial y Modificación de Trazado, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, de 26 de octubre de 2010, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de 26 de noviembre de 2010.
RESUELVO
Aprobar la desafectación parcial y modificación del trazado parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de Cómpeta», en el tramo comprendido entre las estaquillas 25 a 27, en el término municipal de Frigiliana, en la provincia de Málaga, de conformidad con el Proyecto que figura anexo y con las siguientes características:
Descripción registral del tramo a desafectar y a modificar:
Finca rústica en el término municipal de Frigiliana, provincia de Málaga, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud desafectada es de 54,84 metros, la superficie desafectada de 1.145,58 m2, que linda:
INICIO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
VÍA PECUARIA VEREDA DE CÓMPETA | ||
7/24 | SÁNCHEZ GARCÍA, MARÍA | 01 |
7/20 | ÁLVAREZ MARTÍN, DOLORES HEREDEROS | 02 |
7/20 | SÁNCHEZ ÁLVAREZ, FEDERICO HEREDEROS | 02 |
000105300VF17D | DESCONOCIDO | 03 |
7/9006 | DETALLES TOPOGRÁFICOS | 06 |
7/17 | NAVAS NAVAS, MARÍA DE LOS DOLORES | 04 |
LÍMITE DERECHO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
7/20 | ÁLVAREZ MARTÍN, DOLORES | 02 |
7/20 | SÁNCHEZ ÁLVAREZ, FEDERICO HEREDEROS | 02 |
7/17 | NAVAS NAVAS, MARÍA DE LOS DOLORES | 04 |
LÍMITE IZQUIERDO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
000105300VF17D | DESCONOCIDO | 03 |
7/22 | ROJO PLATERO, PABLO | 05 |
7/22 | LÓPEZ RAMÍREZ, M.ª VICTORIA | 05 |
7/22 | SERRANO LÓPEZ, DOLORES | 05 |
7/22 | CEREZO MORALES, JOSÉ BAUTISTA | 05 |
002502700VF17D | ROJO PLATERO, PABLO (Y 3) | 07 |
002503100VF17D | GORMLEY DEBORAH, MARY | 09 |
FIN | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
VÍA PECUARIA VEREDA DE CÓMPETA | ||
7/17 | NAVAS NAVAS, MARÍA DE LOS DOLORES | 04 |
7/22 | ROJO PLATERO, PABLO | 05 |
7/22 | LÓPEZ RAMÍREZ, M.ª VICTORIA | 05 |
7/22 | SERRANO LÓPEZ, DOLORES | 05 |
7/22 | CEREZO MORALES, JOSÉ BAUTISTA | 05 |
7/9006 | DETALLES TOPOGRÁFICOS | 06 |
Descripción registral del tramo resultante: Finca rústica en el término municipal de Frigiliana, provincia de Málaga, de forma alargada con una anchura legal de 20,89 metros, aproximadamente, la longitud modificada es de 59,04 metros y una superficie modificada de 1.200,79 m2, que en adelante se conocerá como «Vereda de Cómpeta» linda:
INICIO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
VÍA PECUARIA VEREDA DE CÓMPETA | ||
7/24 | SÁNCHEZ GARCÍA, MARÍA | 01 |
7/20 | ÁLVAREZ MARTÍN, DOLORES | 02 |
7/20 | SÁNCHEZ ÁLVAREZ, FEDERICO HEREDEROS | 02 |
000105300VF17D | DESCONOCIDO | 03 |
7/9006 | DETALLES TOPOGRÁFICOS | 06 |
LÍMITE DERECHO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
7/20 | ÁLVAREZ MARTÍN, DOLORES | 02 |
7/20 | SÁNCHEZ ÁLVAREZ, FEDERICO HEREDEROS | 02 |
7/17 | NAVAS NAVAS, MARÍA DE LOS DOLORES | 04 |
LÍMITE IZQUIERDO | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
000105300VF17D | DESCONOCIDO | 03 |
7/22 | ROJO PLATERO, PABLO | 05 |
7/22 | LÓPEZ RAMÍREZ, M.ª VICTORIA | 05 |
7/22 | SERRANO LÓPEZ, DOLORES | 05 |
7/22 | CEREZO MORALES, JOSÉ BAUTISTA | 05 |
FIN | ||
REF. CATASTRAL | NOMBRE | Nº COLINDANCIA |
VÍA PECUARIA VEREDA DE CÓMPETA | ||
7/17 | NAVAS NAVAS, MARÍA DE LOS DOLORES | 04 |
7/22 | ROJO PLATERO, PABLO | 05 |
7/22 | LÓPEZ RAMÍREZ, M.ª VICTORIA | 05 |
7/22 | SERRANO LÓPEZ, DOLORES | 05 |
7/22 | CEREZO MORALES, JOSÉ BAUTISTA | 05 |
7/9006 | DETALLES TOPOGRÁFICOS | 06 |
RELACIÓN DE COORDENADAS U.T.M. VEREDA DE CÓMPETA T.M. FRIGILIANA (MÁLAGA) TRAMO A DESAFECTAR |
|||||
PUNTO | X | Y | PUNTO | X | Y |
25D | 419287.12 | 4072919.45 | 1I | 419267.07 | 4072910.71 |
26D | 419263.48 | 4072946.84 | 26I | 419246.97 | 4072934.00 |
6D | 419250.32 | 4072965.68 | 6I | 419235.66 | 4072950.19 |
TRAMO MODIFICADO | |||||
PUNTO | X | Y | PUNTO | X | Y |
1D | 419287.12 | 4072919.45 | 1I | 419267.07 | 4072910.71 |
1D1 | 419288.51 | 4072920.51 | |||
1D2 | 419289.42 | 4072925.62 | |||
2D | 419285.46 | 4072930.51 | 2I | 419269.23 | 4072917.35 |
3D | 419273.44 | 4072945.32 | 3I | 419257.18 | 4072932.21 |
4D | 419267.40 | 4072952.80 | 4I | 419251.48 | 4072939.28 |
5D | 419263.31 | 4072957.62 | 5I | 419249.51 | 4072941.60 |
6D | 419250.32 | 4072965.68 | 6I | 419235.66 | 4072950.19 |
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante el Consejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.
La eficacia de la presente Resolución, queda supeditada a la depuración jurídica que conlleva necesariamente la inscripción de los terrenos aportados, como nuevo trazado de la vía pecuaria.
Actuación cofinanciada con Fondos Europeos
Sevilla, 30 de diciembre de 2010.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.
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