Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 12/01/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Acuerdo de 21 de diciembre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de subvención mediante Convenio de Colaboración, en materia de formación profesional para el empleo, con la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía, así como el abono de la subvención según lo previsto en el artículo 24.1.c) de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010.

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La Formación para el Empleo es una de las políticas activas de empleo más eficaz, que tiene como objetivo general ofrecer a la población activa una cualificación profesional concreta vinculada a los actuales requerimientos del mercado laboral, mejorando así las oportunidades de acceso al trabajo.

La población activa andaluza ha experimentado en los últimos años un importante crecimiento en el nivel formativo, lo que sin duda ha contribuido al crecimiento de la economía andaluza. Pero, debido a los cambios experimentados por las sociedades de los países desarrollados, motivados por numerosos factores, globalización económica y cultural, profundos cambios sociales, así como la irrupción de nuevas tecnologías que han transformado los medios de producción y de trabajo, se hace necesario que la sociedad andaluza disponga de un capital humano formado adecuadamente.

Para ello, la Formación para el Empleo se configura como un importante instrumento para cualificar profesionalmente a la población activa andaluza y, por tanto, para conseguir la inserción de la población demandante de empleo.

A fin de desarrollar las acciones de Formación para el Empleo recogidas en el vigente Plan Andaluz de Formación Profesional, promoviendo una mayor conexión entre la oferta formativa y las necesidades del mercado de trabajo, la Junta de Andalucía subvencionará a diversas entidades entre las que se encuentra la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía, que tiene un especial conocimiento del mercado de trabajo y su evolución, lo que le permite impartir acciones de formación adecuadas a las necesidades de dicho mercado y a la creación de empleo.

Por todo ello, el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, pretende tramitar un Convenio específico con la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía para la ejecución de acciones en materia de formación profesional para el empleo por un importe total de dieciséis millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos cincuenta y nueve euros (16.487.559,00 euros). El objeto de este Convenio es la impartición de 431 cursos y afectará a 6.525 alumnos de toda Andalucía.

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 115.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 euros).

Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de diciembre de 2010, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de la subvención de dieciséis millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos cincuenta y nueve euros (16.487.559,00 euros), a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía mediante Convenio de Colaboración entre el Servicio Andaluz de Empleo y dicha entidad para acciones de Formación Profesional para el Empleo, en materia de formación de oferta dirigido prioritariamente a personas desempleadas.

Segundo. En virtud del artículo 24.1.c) de la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010, autorizar el abono, sin justificación previa, de la totalidad del importe de la presente subvención.

Tercero. Se faculta al Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, para adoptar las resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 21 de diciembre de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Manuel Recio Menéndez

Consejero de Empleo

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