Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 18/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 20 de abril de 2011, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y el himno del municipio de Torre del Campo (Jaén).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Torre del Campo (Almería), ha realizado los trámites tendentes a la rehabilitación de su escudo, bandera e himno municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 31 de marzo de 2011 el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la rehabilitación de su escudo, bandera e himno municipal, cuyas descripciones y letra son las siguientes:

Escudo: En campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mazonado de sable, esclarecido y aclarado en púrpura, sobre terraza de sinople. Al timbre corona real cerrada.

Bandera: Bandera de endrizar rectangular, de tafetán, con una proporción de tres módulos de largo por dos de ancha (2/3), o lo que es lo mismo, una vez y media más larga que ancha, terciada horizontal, compuesta por el tercio más alto en color rojo, el del medio verde oliváceo y en el bajo morado; que cargará íntegramente con su timbre, el escudo de Torre del Campo, ajustando el eje geométrico de este al centro del vexilo, con una altura igual a los dos tercios del ancho de la bandera.

Himno: (letra)

¡Torredelcampo!, mi pueblo amado,

verde esmeralda del olivar,

hay en tus cumbres jara y romero

y blanca ermita sacramental,

donde sus hijos con fe imploran

a Santa Ana, Madre ejemplar.

¡Torredelcampo!, emporio insigne

de hombres que luchan con todo afán,

y sus mujeres rosas fragantes,

bellas sultanas de gracia impar,

rubias, morenas, fieles amantes,

flores con alma de tu rosal.

ESTRIBILLO

Mi Patria chica, risueña cuna,

luz de esperanza de amor y paz,

con tus callejas de cal y luna

dulces recuerdos para soñar.

Hermosa tierra torrecampeña,

blasón y divisa de este Solar

fue tu Castillo de la «Floresta»

luz radiante de tu historial.

I I

Torredelcampo, joya andaluza,

pueblo querido que sabe amar,

guardas la gloria de tu Muralla

fiel baluarte de este lugar.

Torredelcampo fama del Cante

que su garganta le hace vibrar

y sus pinceles crisol de arte

de tu paisaje bello y real.

Plácidos ecos de tus «Gañanas»

cruzan las brisas del olivar

y de los surcos de tus besanas

brotan las notas de este cantar.

ESTRIBILLO

Mi Patria chica, risueña cuna,

luz de esperanza de amor y paz,

con tus callejas de cal y luna

dulces recuerdos para soñar.

hermosa tierra torrecampeña,

blasón y divisa de este Solar

fue tu Castillo de la «Floresta»

luz radiante de tu historial.

FINAL

¡Torredelcampo! ¡Viva! Noble y Leal.

Mediante escrito de fecha 6 de abril de 2011, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su escudo, bandera e himno municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado k) del artículo 8.2 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo, bandera e himno del municipio de Torre del Campo (Jaén), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada, con la gráfica que obra en el expediente, y con la música del himno que se recoge en la partitura que se anexa a la presente Resolución.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de abril de 2011.- El Director General, Antonio Ramírez Ortega.

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