Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de enero de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva, dimanante de procedimiento núm. 1647/2010. (PD. 68/2012).

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NIG: 2104142C20100008796.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1647/2010. Negociado: AN.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: BMW BANK GMBH Sucursal en España.

Procurador Sr.: Joaquín Domínguez Pérez.

Contra: Samuel Pérez Serrano.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1647/2010 seguido a instancia de BMW BANK GMBH Sucursal en España frente a Samuel Pérez Serrano se ha dictado sentencia, cuyo Encabezamiento y Fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Huelva, a tres de marzo de dos mil once.

Vistos por mí, don Enrique Clavero Barranquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Huelva, los presentes Autos Juicio Ordinario registrados con el número 1.647 del año 2010, cuyo objeto ha versado sobre reclamación de cantidad, y seguidos entre partes, de una y como demandante, «BMW BANK GMBH, Sucursal en España», Entidad representada por el Procurador Don Joaquín Domínguez Pérez y asistida por el Letrado Sr. De Cossío Pérez de Mendoza, y de otra y como demandado, don Samuel Pérez Serrano (provisto de NIF núm. 48.911.659-C), declarado en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por «BMW BANK GMBH, Sucursal en España» y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, debo condenar y condeno a don Samuel Pérez Serrano (provisto de NIF núm. 48.911.659-C) a abonar a la actora la cantidad de veintiún mil ochenta y dos euros con cuarenta y cuatro céntimos de euro (21.082,44 euros) de principal, más intereses moratorios devengados conforme a lo pactado (18% anual) desde el día 30 de junio de 2010 y que se devenguen hasta el total pago del principal, así como finalmente al abono de las costas procesales devengadas en la primera instancia de este procedimiento.

Incorpórese esta Sentencia al Libro de los de su clase. Líbrese testimonio de la misma para constancia en las actuaciones de referencia. Notifíquese a las partes advirtiéndoles que la misma no es firme y que contra ella cabe Recurso de Apelación que habrá de prepararse, por escrito y ante este Juzgado, en el término de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiéndose al tiempo acreditar documentalmente haberse consignado en la cuenta de este Juzgado el depósito (50 euros) legalmente exigido para recurrir.

Y encontrándose dicho demandado, Samuel Pérez Serrano, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a tres de enero de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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