Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2012

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Consejería de Cultura

Anuncio de 2 de diciembre de 2011, de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se notifica la liquidación de la sanción recaída en el procedimiento sancionador en materia de patrimonio histórico de Andalucía.

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Intentada sin efecto la notificación personal de la liquidación de la sanción recaída en el expediente que a continuación se detalla, por infracción a la normativa que se dice, y en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, se publica la presente para que sirva de notificación de la misma.

El importe de la sanción deberá hacerse efectivo en los plazos siguientes:

1.º En el caso de publicarse la presente liquidación entre los días 1 y 15 del mes, hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

2.º En el caso de publicarse la presente liquidación entre los días 16 y último del mes, hasta el día 5 del segundo mes siguiente o inmediato hábil posterior.

La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Cádiz o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 046, con apercibimiento que, si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.

Expediente CA-03-04.

1.º Persona o entidad denunciada y domicilio: Construcciones Guisul, Sociedad Limitada.

2.º Hechos probados: La realización de obras de demolición de la fachada historicista culta del inmueble sito en C/ Misericordia, núm. 22, dentro del Conjunto Histórico de Sanlúcar de Barrameda, sin autorización.

3.º Infracción: Art. 76.1.e) de la Ley 16/85, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

4.º Sanción: Multa de sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos (60.101,21 euros), en virtud del art. 76.3.B) de la Ley 16/85, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

Cádiz, 2 de diciembre de 2011.- La Delegada, Yolanda Peinado García.

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