Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 19/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 12 de enero de 2012, del Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 642/2010. (PP. 217/2012).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00008995.

NIG: 2906742M20100000877.

Procedimiento: Juicio Ordinario 642/2010. Negociado: F.

De: Solinmadi Sur, S.L.

Procurador: Sr. Santiago Suárez de Puga y Bermejo.

Contra: Don Jorge Miguel Shaw Morales y Kona Producciones, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el Juicio Ordinario 642/2010 seguido en este Juzgado de lo Mercantil núm. Dos de Málaga a instancia de Solinmadi Sur, S.L., contra don Jorge Miguel Shaw Morales y Kona Pro­ducciones, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Solinmadi Sur, S.L., declaro resueltos los contratos denominados «de superventa garantizada», firmados en fecha 4 de mayo de 2007, entre Solimandi Sur, S.L., y la demandada Kona Producciones, S.L, y condeno solidariamente a Kona Producciones, S.L., y a su administrador único don Jorge Miguel Shaw Morales a pagar a la primera la suma de 36.237.34 euros, más los intereses legales de acuerdo desde la fecha de interposición de la demanda; sin perjuicio de los previstos en el art. 576 de la LEC, desde la fecha de la presente resolución, y las costas de esta instancia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta Sentencia cabe recurso de apelación que, en su caso, de­berá de prepararse en un plazo de cinco días contados desde la notificación de la presente resolución mediante un escrito que deberá reunir los requisitos previstos en el art. 457.2 de la Ley 1/2001, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, debiendo ser resuelto, en su caso, por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Jorge Miguel Shaw Morales y Kona Producciones, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a doce de enero de dos mil doce.- El/La Secretario.

Descargar PDF