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NIG: 4109142C20090062537.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2110/2009. Negociado: G.
Sobre: Obligación de hacer y reclamación cantidad.
De: Don Luis Gómez Vega y sociedad de gananciales.
Procurador: Sr. Rafael Campos Vázquez.
Contra: Doña Ana Navarrete Guerrero y don Miguel Cano Mena.
Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rodríguez Piazza.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2110/2009 seguido a instancia de Luis Gómez Vega y sociedad de gananciales frente a Ana Navarrete Guerrero se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 1036/10
En Sevilla, a veintitrés de julio de dos mil diez.
Doña María José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 2110/2009, a instancia de don Luis Gómez Vega, representado por el Procurador don Rafael Campos Vázquez, contra don Miguel Cano Mena, representado por la Procuradora doña María de los Ángeles Rodríguez Piazza y doña Ana Navarrete Guerrero, declarada en rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda promovida por el Procurador don Rafael Campos Vázquez, en nombre y representación de don Luis Gómez Vega, contra don Miguel Cano Mena y doña Ana Navarrete Guerrero, declaro la nulidad del contrato celebrado por las partes en fecha 26 de enero de 2008, condenando a los demandados a abonar a la parte actora la suma de 15.000 euros, la cual devengará el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la de la presente sentencia y el previsto en el artículo 576 de la LEC desde la fecha de ésta hasta el completo pago de lo adeudado. Cada parte abonará las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Y encontrándose dicha demandada Ana Navarrete Guerrero, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla a veintiocho de octubre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
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