Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 20/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de octubre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2110/2009. (PP. 25/2012).

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NIG: 4109142C20090062537.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2110/2009. Negociado: G.

Sobre: Obligación de hacer y reclamación cantidad.

De: Don Luis Gómez Vega y sociedad de gananciales.

Procurador: Sr. Rafael Campos Vázquez.

Contra: Doña Ana Navarrete Guerrero y don Miguel Cano Mena.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rodríguez Piazza.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2110/2009 seguido a instancia de Luis Gómez Vega y sociedad de gananciales frente a Ana Navarrete Guerrero se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 1036/10

En Sevilla, a veintitrés de julio de dos mil diez.

Doña María José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 2110/2009, a instancia de don Luis Gómez Vega, representado por el Procurador don Rafael Campos Vázquez, contra don Miguel Cano Mena, representado por la Procuradora doña María de los Ángeles Rodríguez Piazza y doña Ana Navarrete Guerrero, declarada en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda promovida por el Procurador don Rafael Campos Vázquez, en nombre y representación de don Luis Gómez Vega, contra don Miguel Cano Mena y doña Ana Navarrete Guerrero, declaro la nulidad del contrato celebrado por las partes en fecha 26 de enero de 2008, condenando a los demandados a abonar a la parte actora la suma de 15.000 euros, la cual devengará el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda hasta la de la presente sentencia y el previsto en el artículo 576 de la LEC desde la fecha de ésta hasta el completo pago de lo adeudado. Cada parte abonará las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Y encontrándose dicha demandada Ana Navarrete Guerrero, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla a veintiocho de octubre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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