Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 04/07/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de mayo de 2012, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara» de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Mariano Segovia Crespo, como representante de Colegios Laude, S.L., titular del centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara», con domicilio en Urbanización Nueva Alcántara, calle G, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el centro, por ampliación de las mismas en cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 29017335, tiene autorización para impartir cuatro unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y Tecnología y dos en la de Humanidades y Ciencias Sociales).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Laude San Pedro de Alcántara», código 29017335 y domicilio en Urbanización Nueva Alcántara, calle G, de San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga), cuyo titular es Colegios Laude, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 4 unidades.

- Puestos escolares: 120.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades

Puestos escolares: 70.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de mayo de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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