Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 06/07/2012

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 20 de junio de 2012, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para el programa «Flamenco viene del Sur 2013».

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La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas, las arte combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por si o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

Dentro de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está encuadrado como órgano sin personalidad jurídica propia, el Instituto Andaluz del Flamenco. El Instituto Andaluz del Flamenco viene ejecutando el programa «Flamenco viene del Sur» consistente en programar en distintos espacios escénicos espectáculos de flamenco en sus distintas manifestaciones.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Esta resolución tiene por objeto convocar la presentación de ofertas para la selección de aquellas que serán contratadas por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para su representación pública, dentro del programa «Flamenco viene del Sur 2013».

Los espectáculos seleccionados serán ofertados para su exhibición en los teatros adheridos al programa, correspondiendo la coordinación de las giras al Instituto Andaluz del Flamenco.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 y del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, suscribirá con cada licitador seleccionado un contrato de representación pública.

Segundo. Participantes.

Podrán presentar su solicitud las empresas y compañías profesionales de flamenco, de carácter privado, constituidas en algunas de las figuras empresariales previstas por la Ley, y que presenten espectáculos escénicos de flamencos.

Tercero. Solicitud, lugar y plazo de presentación.

1. La solicitud, suscrita por la persona interesada, dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y formulada conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente resolución, se presentará preferentemente en la sede del Instituto Andaluz del Flamenco, sita en C/ Santa Teresa, 8, 41004, Sevilla, especificándose claramente la leyenda: «Flamenco viene del Sur». Recepción de ofertas para la anualidad 2013.

Para aquellas solicitudes que se envíen por correo, el remitente deberá justificar la fecha de imposición del envío en las oficinas de correo y anunciar al Instituto Andaluz del Flamenco la remisión de las mismas, mediante correo electrónico (oficina.flamencovienedelsur@juntadeandalucia.es) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la solicitud no será admitida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la oferta.

2. El plazo de presentación de ofertas, será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contenido de la Solicitud.

Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I), las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, que se presentará en dos sobres cerrados, con el siguiente contenido:

SOBRE I. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Relativa a la empresa:

- Tratándose de personas físicas será obligatoria la presentación de la fotocopia compulsada del DNI o pasaporte, o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.

- Si el candidato fuera persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta funcional, en el que constaten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia simple de la escritura de poder suficiente a estos efectos y de su DNI, pasaporte o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento Mercantil.

- Declaración expresa responsable de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (IAE, IRPF, IVA, Sociedades, etc...) tanto con la AEAT como con la Hacienda autonómica, y frente a la Seguridad Social, sin perjuicio de su efectiva acreditación en el momento previo a la firma del contrato.

- Declaración responsable, conforme al modelo recogido como Anexo II de la presente resolución, de no estar incurso en ninguna causa de prohibición para contratar con la Administración.

- Currículum vitae o dossier de la Compañía.

- En el caso de presentar la solicitud un representante artístico deberá acreditar la autorización de cada uno de los artistas intérpretes o ejecutantes que intervienen en el espectáculo.

- Autorización del autor o representante legal de la Sociedad General de Autores y Editores o entidad de gestión que corresponda para la representación de la obra, conforme al modelo recogido en el Anexo III de la presente Resolución.

- Modelo de factura, desglosado con base imponible, IVA, IRPF, correspondiente al caché de una representación.

SOBRE II. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

II.1. Obligatoria:

- Breve historia de la compañía y sinopsis del espectáculo, incluyendo duración. En formato .doc.

- Ficha artística. En formato .doc.

- Ficha técnica con todas las necesidades desglosadas que requiere la compañía para la realización del espectáculo: planos de luces y de sonido, teléfono/s de contacto del técnico/s de la compañía. Todo en formato .doc o .pdf.

- Relación de representaciones realizadas hasta el presente.

- 4 fotos en formato jpg de alta resolución (mínimo 300 p.p.p.) y tamaño mínimo de 20 a 30 cm. (ancho o alto). Las fotos entregadas serán las utilizadas para la promoción y publicidad del espectáculo seleccionado.

- DVD con grabación de los 5 minutos del espectáculo que la compañía considere más representativos de la obra, grabados directamente sin ningún tipo de manipulación digital o de cualquier otro tipo (sólo en los casos en los que el espectáculo haya sido estrenado).

II.2. Opcional:

- DVD con la grabación completa del espectáculo.

- Dossier o programas de mano del espectáculo (5 unidades, opcional).

- Otros soportes publicitarios: cartel, tarjetas, etc.

- Dossier de prensa.

Las compañías que realicen cambios en la ficha artística o técnica durante el transcurso del Programa, han de comunicarlo mediante escrito dirigido al Instituto Andaluz del Flamenco con carácter previo a la materialización de dichos cambios.

La documentación contenida en estos epígrafes se presentará tanto en papel como en soporte digital, CD o DVD.

Todo el material presentado (CD o DVD), debe ir correctamente identificado; nombre de la compañía y nombre del espectáculo.

Aquellas compañías que presenten más de un espectáculo deben entregar para cada propuesta toda la documentación requerida.

Quinto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 3 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

Sexto. Procedimiento de selección.

La valoración de los espectáculos y su propuesta para programación al Instituto Andaluz del Flamenco, será realizada por una Comisión Asesora de Programación, compuesta por expertos en la materia y constituida mediante resolución de la dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, estará presidida por la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz del Flamenco y formada al menos por 3 vocales.

Podrán asistir con voz y sin voto, aquellos representantes de las asociaciones profesionales debidamente reconocidas, que sean invitadas por el Instituto Andaluz del Flamenco.

Las personas designadas para la representación no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas de la comunidad andaluza.

La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a.

La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombre y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Selección de los espectáculos

Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

- La calidad y el valor artístico del proyecto.

- La idea, creatividad y originalidad del espectáculo.

- Valor patrimonial del espectáculo.

- La utilización del espacio escénico.

- El concepto global del espectáculo y coherencia entre todos los elementos: música, vestuario y escenografía.

La selección final de los espectáculos se realizará según los siguientes parámetros:

- El 20% de las ofertas seleccionadas serán espectáculos cuyos cachés (incluyendo todos los conceptos) no superen los 11.000 €.

- El 40% entre espectáculos cuyos cachés (incluyendo todos los conceptos) no superen los 9.000 €.

- El 40% restante entre espectáculos cuyos cachés (incluyendo todos los conceptos) no superen los 7.000 €.

Esta convocatoria podrá quedar desierta total o parcialmente.

No se programarán en la temporada 2013, espectáculos que hayan sido representados en el mismo espacio escénico durante la temporada anterior.

Octavo. Difusión de los espectáculos.

Con el fin de promocionar los espectáculos, los solicitantes seleccionados autorizarán de manera expresa a la Agencia Andaluza de instituciones Culturales, para la inclusión en la web de este organismo, de los videos cortos (5 min.) de los espectáculos ofertados.

Las empresas seleccionadas que en el transcurso del año realicen algún cambio en la constitución de empresa, domicilio, e-mail u otro dato de interés para la gestión del Programa, deben comunicarlo por escrito en cuanto se realice el cambio.

Noveno. Procedimiento.

En base de la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación con la valoración obtenida por todos los solicitantes.

Los solicitantes que hayan sido seleccionados serán invitados a participar en un procedimiento negociado sin publicidad, mediante la adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 170.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, debiendo cumplir los requisitos de solvencia económica y técnica establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el procedimiento de contratación, los licitadores seleccionados deberán estar al corriente con de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Décimo. Devolución de solicitudes originales.

En el caso de no ser seleccionados, la documentación quedará a disposición del interesado en la sede del Instituto Andaluz del Flamenco hasta el 31 de enero de 2013.

La documentación no retirada en esta fecha será remitida al Archivo General de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Sevilla, 20 de junio de 2012.- El Director, José Francisco Pérez Moreno.

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