Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 13/07/2012

3. Otras disposiciones

Consejo Audiovisual de Andalucía

Resolución de 21 de junio de 2012, de la Secretaría General del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se delegan las funciones de asistencia a las Comisiones permanentes en los diversos titulares de Áreas.

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El artículo 15 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Consejo Audiovisual de Andalucía (ROFCAA, en adelante), aprobado por Decreto 219/2006, de 19 de diciembre (BOJA núm. 246, de 22 de diciembre); modificado por Decreto 135/2012, de 22 de mayo (BOJA núm. 113, de 11 de junio), establece que las Comisiones que se creen con carácter permanente en el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA, en adelante) serán asistidas por la Secretaría General, que podrá delegar expresamente esta función en los titulares de las Áreas administrativas. Asimismo, el artículo 21.1 del citado Reglamento establece que el/la Secretario/a General puede delegar atribuciones concretas o responsables de las diversas Áreas.

El Pleno del CAA reunido en sesión ordinaria el día 20 de junio de 2012 acordó la creación de las Comisiones Permanentes de Contenidos y Publicidad; de Pluralismo, Regulación y Nuevos Servidos Audiovisuales, y de Fomento de Servicio Público en las Televisiones Autonómicas y Locales.

Anteriormente, por Resolución del Secretario General del CAA de fecha 20 de octubre de 2010, sobre delegación de competencias (BOJA núm. 220, de 11 de noviembre), se habían delegado las funciones de asistencia a las Comisiones existentes en los Coordinadores de las Áreas del CAA. A la vista de la creación de las Comisiones anteriormente indicadas, se hace preciso efectuar una nueva resolución de delegación de competencias.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Revocar y dejar sin efecto la Resolución del Secretario General del CAA de fecha 20 de octubre de 2010, sobre delegación de competencias (BOJA núm. 220, de 11 de noviembre).

Segundo. Delegar en las personas titulares de las Áreas las funciones de secretaría y asistencia de las Comisiones que se indican:

Comisión Permanente de Contenidos y Publicidad:

Sr. Coordinador del Área de Contenidos, don Felipe Rodríguez Fernández.

Comisión Permanente de Pluralismo, Regulación y Nuevos Servicios Audiovisuales:

Sra. Coordinadora del Área Jurídica, doña María del Rosario Forjan Rioja.

Comisión Permanente de Fomento de Servicio Público en las Televisiones Autonómicas y Locales:

Sr. Coordinador del Área de Organización, don Luis Miguel Serrano Vera.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Revocar cualquier otra delegación de funciones que subsista a la fecha de esta Resolución en materia de asistencia a Comisiones del Consejo Audiovisual de Andalucía.

La presente delegación subsistirá mientras tanto no sea revocada formalmente por esta Secretaría General.

Sevilla, 21 de junio de 2012.- El Secretario General, Fernando Contreras Ibáñez.

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