Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 30/07/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 4 de julio de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la Sentencia de 14 de junio de 2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Doce de Sevilla, en el recurso núm. 747/2011.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 6 de agosto de 2009, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, publicada en el BOJA núm. 161, de 19 de agosto de 2009, corresponde a la Secretaría General Técnica disponer el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Doce de Sevilla, en el recurso número 747/2011, interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, cuyo tenor literal es el siguiente:

«FALLO

Se acuerda estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto a instancias de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios representada y defendida por la Letrada doña Marta Jiménez Bermejo contra la Junta de Andalucía representada y defendida por la Letrada doña María Luisa Amate Ávila sobre la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 14 de noviembre de 2011, por la que se revocan parcialmente las bases del concurso de méritos convocado por Resolución de 2 de marzo de 2011 y, en consecuencia, debo anular y anulo la Resolución impugnada por no ser ajustada a derecho, sin expresa imposición de costas.»

Procede, de conformidad con los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la ejecución de la citada sentencia.

Sevilla, 4 de julio de 2012.- La Secretaria General Técnica, María Teresa García de Casasola Gómez.

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