Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 06/08/2012

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Decreto 340/2012, de 24 de julio, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía dispone que la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta en materia de enseñanza no universitaria la competencia exclusiva en la programación y creación de centros públicos.

El Título II de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece en el capítulo I, sección 1.ª, artículo 14, referido a la enseñanza no universitaria, que el principio de igualdad entre mujeres y hombres inspirará el sistema educativo andaluz y el conjunto de políticas que desarrolle la Administración educativa. Esta norma contempla la integración transversal del principio de igualdad de género en la educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula el conjunto de enseñanzas del sistema educativo a excepción de la enseñanza universitaria.

Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho a la educación mediante la programación general de la enseñanza.

Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual red de centros docentes a las exigencias marcadas por las mencionadas Leyes, la Consejería de Educación ha propuesto la modificación de la red de centros docentes públicos para el curso 2012/13.

Con esta actuación se persigue una profundización en el ejercicio del derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la red de centros docentes públicos no universitarios a las necesidades derivadas de la aplicación de la ordenación del sistema educativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en el artículo 16 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, y en el artículo 18 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, la creación y supresión de estos centros docentes públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación de conformidad con lo establecido en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 24 de julio de 2012,

DISPONGO

Artículo 1. Centros de educación infantil y primaria.

1. Se crea la Escuela Infantil, el Colegio de Educación Primaria y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo I del presente Decreto.

2. Se suprimen los Colegios de Educación Primaria y los de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.

Artículo 2. Centros de educación secundaria.

1. Se crea el Instituto de Educación Secundaria, código 21003074, por transformación de la Sección de Educación Secundaria, código 21003074, de la localidad de Punta Umbría (Huelva).

2. Se suprime el Instituto de Educación Secundaria «Miguel Hernández», código 11700925, por integración en el Instituto de Educación Secundaria «Ventura Morón», código 11000381, de la localidad de Algeciras (Cádiz).

Disposición adicional única. Inscripción en el Registro de Centros Docentes.

Del contenido del presente Decreto se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final primera. Desarrollo y aplicación.

Se autoriza a la Consejera de Educación a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos desde el curso escolar 2012/13.

Sevilla, 24 de julio de 2012

José antonio griñán martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
María del mar moreno ruiz
Consejera de Educación

ANEXO I

CREACIÓN DE ESCUELA INFANTIL, COLEGIO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

Provincia: Almería.

Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 04006410, por desglose del Colegio de Educación Infantil y Primaria «Torrequebrada», código 04004383.

Localidad: Aguadulce.

Municipio: Roquetas de Mar.

Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 04009381, por desglose del Colegio de Educación Infantil y Primaria «Las Salinas», código 04004577.

Localidad: Roquetas de Mar.

Municipio: Roquetas de Mar.

Provincia: Cádiz.

Escuela Infantil, código 11012486, por desglose de la Escuela Infantil «Manuel Tinoco Sánchez», código 11006851.

Localidad: Algeciras.

Municipio: Algeciras.

Colegio de Educación Primaria, código 11012474.

Localidad: Algeciras.

Municipio: Algeciras.

Provincia: Córdoba.

Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 14010634, por fusión entre el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Menéndez Pelayo», código 14000616, y el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Virgen de Gracia», código 14600930.

Localidad: Benamejí.

Municipio: Benamejí.

Provincia: Granada.

Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 18005888.

Localidad: Granada.

Municipio: Granada.

ANEXO II

SUPRESIÓN DE ESCUELA INFANTIL Y COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y DE EDUCACIÓN

INFANTIL Y PRIMARIA

Provincia: Cádiz.

Colegio de Educación Infantil y Primaria «Carmen Jiménez», código 11001130.

Localidad: Cádiz.

Municipio: Cádiz.

Provincia: Córdoba.

Escuela Infantil «Luciana Centeno», código 14001906.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Huelva.

Colegio de Educación Infantil y Primaria «Quinto Centenario», código 21003581.

Localidad: La Dehesa.

Municipio: Minas de Riotinto.

Provincia: Jaén.

Colegio de Educación Primaria «Unitaria Cañada Catena», código 23005751.

Localidad: Cañada Catena.

Municipio: Beas de Segura.

Colegio de Educación Primaria, código 23005955.

Localidad: El Mármol.

Municipio: Rus.

Provincia: Málaga.

Colegio de Educación Infantil y Primaria «Rafael Dávila Díaz», código 29009466.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Colegio de Educación Infantil y Primaria «Vega de Guadalhorce», código 29003427.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Colegio de Educación Infantil y Primaria «Giner de los Ríos», código 29009788.

Localidad: Ronda.

Municipio: Ronda.

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