Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 10 de octubre de 2011, del Juzgado de primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de El Ejido (Almería), dimanante de procedimiento verbal núm. 879/2009. (PP. 3956/2011).

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NIG: 0490242C20090004740.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 879/2009.

Negociado: CI.

De: Unicaja.

Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.

Letrado: Sr. Juan Manuel Llerena Hualde.

Contra: Jorge Antonio Valdivia Figueroa.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 879/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de El Ejido a instancia de Unicaja contra Jorge Antonio Valdivia Figueroa sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En El Ejido a 8 de noviembre de 2010.

Vistos por la Sra. doña Lara I. Blanco Coronil, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de los de este Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Verbal, registrados con el núm. 879/2010 de los asuntos civiles de este Juzgado; en el que han sido partes: Unicaja, representada por la Procuradora doña María del Mar López Leal y asistida del Letrado don Juan Manuel Llerena Hualde como demandante y don José Antonio Valdivia Figueroa, declarado en Rebeldía procesal, como demandado, teniendo como objeto reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la Procuradora doña María del Mar López Leal, en nombre y representación de Unicaja, contra don José Antonio Valdivia Figueroa, y en consecuencia debo condenar y condeno a éste a que abone a la actora la suma de 2.927,19 euros, con sus correspondientes intereses al tipo pactado que se devengarán desde la interposición de la demanda.

Las costas causadas deberán ser satisfechas íntegramente por la parte demandada.

Notifíquese la presente Resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notificación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, debiendo para ello depositar la cantidad legalmente establecida.

Así por esta mi Sentencia de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jorge Antonio Valdivia Figueroa, extiendo y firmo la presente en El Ejido, a diez de octubre de dos mil once.- El/La Secretario.

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