Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2012

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Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 11 de abril de 2011, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Alhendín. (PP. 1995/2011).

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Expediente DGC 76/07.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de entrada en esta Delegación Provincial de 02/03/2007, don Luis Oliván Contreras, con DNI 44.260.788-W, en nombre y representación de Meriodonal de Gas, S.A.U., actualmente denominada Endesa Gas Distribución, S.A.U., con C.I.F. A-41791625, y domicilio en Ctra. de Jaén, núm. 25, Edif. Compostela, Lc. 1, CP 18014, de Granada, solicitó de esta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, para el proyecto «Antena APA para suministro a Polígono Industrial Marchalhendín, en el término municipal de Alhendín», y sus instalaciones auxiliares, en la provincia de Granada.

Segundo. La descripción y características de las instalaciones principales a ejecutar, genéricamente descritas, son las siguientes:

Trazado: La presente Antena tiene su origen en la Posición 1 del Gasoducto de transporte secundario para suministro a Escúzar, discurre en paralelo a este gasoducto durante 620 metros con dirección Sureste, a continuación realiza un giro de 90º y tomando dirección Suroeste y tras recorrer 215 metros llega al límite del polígono industrial de Marchalhendín para suministro de gas al mismo.

Tubería: de polietileno de diámetro Ø 160 mm., PE100, SDR-11.

La tubería irá enterrada a un mínimo de 1 metro de profundidad sobre su generatriz superior.

Presión de servicio: 10 bares relativos.

Longitud del gasoducto: 853 metros discurriendo íntegramente por el término municipal de Alhendín.

Instalaciones auxiliares: Válvulas de seccionamiento y derivación (válvulas de corte tipo bola de conformidad con Norma API 6D), conducto de polietileno para instalación futura de cable de telecomunicaciones.

Presupuesto: Ciento quince mil novecientos setenta y un euros con noventa y ocho céntimos de euro (115.971,98 €).

Tercero. Con fecha 18.5.2007 se remitió separata y se recabó informe del proyecto a los siguientes organismos afectados: Excmo. Ayuntamiento de Alhendín, Endesa, Emasagra, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Comunidad de Regantes de Alhendín.

Los Organismos y Entidades mencionados, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones y en otros, no se obtiene respuesta, entendiéndose la conformidad a la instalación según artículo 80, del Real Decreto 1434/2002.

Cuarto. El expediente fue sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOP núm. 99, de fecha 27.5.2009, BOJA núm. 100, de fecha 27.5.2009, BOE núm. 135, de fecha 4.6.2009, en los periódicos «Granada Hoy» de fecha 20.5.2009 y en «La Opinión» de fecha 21.5.09, así como mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamientos de Alhendín (Granada).

Quinto. Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones.

Sexto. El expediente se inició cuando estas instalaciones estaban sometidas a procedimiento de impacto ambiental, por lo que en escrito de fecha de salida 12.11.09, se remite a la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada, proyecto y estudio de impacto ambiental para que proceda a emitir la correspondiente Resolución ambiental. Debido al cambio normativo, se recibió en fecha 5.2.10 escrito de Delegación Provincial de Medio Ambiente de Granada en que se comunica que dicha actuación no está sometido, en principio, a ninguno de los procedimientos de prevención y control ambiental establecidos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, Endesa Gas Distribución, S.A.U., solicita, con fecha 18.3.2010, que se continúe tramitando el expediente por la Ley 7/2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorizaciones de gas natural, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo. De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de las Consejerías, y el Decreto 134/2010, de 22 de marzo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y considerando que éstas instalaciones afectaran, solamente a la provincia de Granada, en el término municipal de Alhendín, esta Delegación en base a lo establecido en la Resolución de 28 de enero de 2004 y en la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, innovación y Ciencia en materia de expropiación forzosa,

RESUELVE

Primero. Otorgar autorización administrativa, aprobar el proyecto de ejecución y declarar, en concreto, la utilidad pública solicitada por Endesa Gas Distribución, S.A.U., correspondiente al proyecto denominado «Antena APA para suministro a Polígono Industrial Marchalhendín, en el término municipal de Alhendín», y sus instalaciones auxiliares, en la provincia de Granada, Expte. núm. DGC 76/07, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, con arreglo a las siguientes condiciones.

Segundo. La empresa constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, una fianza por valor de 2.319,43 euros, en la Caja General de Depósitos de la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en Granada, a disposición de esta Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia, correspondiente al 2% del presupuesto de ejecución que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del RD 1434/2002, de 27 de diciembre. Una vez formalizada el acta de puesta en servicio de la instalación, el interesado podrá solicitar su devolución, justificando el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Tercero. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Cuarto. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados.

Quinto. El inicio de la obra se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contado a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación Provincial la fecha de inicio de las obras.

Sexto. El incumplimiento de los plazos previstos supondrá la cancelación de la presente autorización.

Séptimo. La presente autorización se concede con independencia de las competencias que correspondan a otras Administraciones, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del artículo 75.2, del RD 1434/2002, de 23 de diciembre, y en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso conforme a lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, según redacción dada en el R.D. Ley 5/2005, de 11 de marzo.

Octavo. A la finalización de las obras la empresa queda obligada a solicitar de esta Delegación Provincial la puesta en servicio de las instalaciones, acompañada de la documentación siguiente:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente (o documento que sustituya a éste), en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo previsto en el proyecto aprobado, los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo. Así mismo en el mismo constará como mínimo:

- Nombre de la empresa instaladora.

- Documento técnico origen de la Autorización Administrativa Previa. Indicando; nº de expediente, denominación, autor, referencia al visado o documento sustitutivo, fecha de autorización administrativa.

- Descripción de las instalaciones. Cuando el certificado no sea por la totalidad de las instalaciones contenidas en el proyecto y se trate de certificados parciales del mismo, se indicará: ubicación, material, longitud, origen, final, válvulas y acometidas, acompañando plano del tramo certificado.

- Pruebas realizadas a cada tramo. Nombre del OCA que realiza las pruebas, núm. de acta, fecha de inicio y finalización y resultado satisfactorio.

- Se adjuntarán las actas de pruebas.

b) Certificados emitidos por Organismo de Control Autorizado, correspondientes a las actas de pruebas y ensayos adjuntadas a la dirección de obra, en el que conste la descripción detallada de las mismas y su resultado satisfactorio.

c) Hoja de comunicación de datos al Registro Industrial.

Noveno. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se concretan en la expropiación del pleno dominio e imposición de las servidumbres que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Granada, 11 de abril de 2011.- El Delegado, Antonio Argüelles Peña.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados
Proyecto: Antena APA para suministro al P.I. marchalhendín en el t.m. de alhendín (Granada).
Término municipal de: alhendín.
Abreviaturas utilizadas: SE: m² - Expropiación en dominio; SP: m.l. - Servidumbre de paso; OT: m² - Ocupación temporal; Pol: Polígono; PAR: Parcela
Finca Titular – Dirección - Población SE SP OT POL PAR Naturaleza
GR-AL-201 Francisco Enrique Hitos Mendoza, Cuesta de las Tomasas, 6, Granada.
Fábrica y Drenajes S.L. Avda Andalucia s/n. Pol. Ind. El Florío Par. 30. Granada.
0 23 219 8 4 Almendro, secano, labor secano.
GR-AL-201PO Francisco Enrique Hitos Mendoza, Cuesta de las Tomasas, 6, Granada.
Fábrica y Drenajes S.L. Avda Andalucia s/n. Pol. Ind. El Florío Par. 30. Granada.
4 0 0 8 4 Almendro, secano, labor secano.
GR-AL-202 Maria Aurora Vela Carriles y Michel Dans Coget, Ctra. De Otura. Cortijo San Fernando 7. 18130, La Malahá (Granada) 0 805 8039 8 3 Almendro, secano, labor secano.
GR-AL-203 José Ros Muller. Desconocido. 0 22 262 8 85 Labor secano
GR-AL-203PO José Ros Muller. Desconocido. 4 0 0 8 85 Labor secano
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